• Portada
  • Lo último
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Reporte Ciudadano
  • Política
  • Cultura y Espectáculos
  • Empleos
  • Servicios
lunes 13 de julio de 2026
  • Archivo de ediciones
  • Radio sin galera
  • Radio sin galera
  • Archivo de ediciones
La Opinión Semanario

SECCIONES

  • Últimas noticias
  • Información general
  • Policiales
  • Sin Galera
  • Deportes
  • Localidades
  • Cultura y Espectáculos
  • Turismo
  • Reporte Ciudadano
  • Servicios
  • Sociales
  • Empresas y Negocios
  • Clasificados
  • Defunciones
  • Política
  • Opinión
  • Videos
  • Archivo de ediciones
  • Radio sin galera
  • Ads
    EleccionesAñadir como fuente en

    Elecciones 2021: qué pasa si no voy a votar

    En la Argentina, votar es obligatorio. Por lo tanto, quienes no concurran deben justificar la ausencia para evitar las sanciones previstas. A cuánto ascienden las multas para quienes no vayan a sufragar.

    14 de noviembre de 2021 | 04:02
    Elecciones 2021: qué pasa si no voy a votar

    Este domingo son las elecciones Generales. El contexto de pandemia provocó que en las PASO el porcentaje de votantes fuera bajo respecto a otros comicios, con menos del 70 por ciento de participación en San Pedro. Votar en la Argentina es obligatorio, por lo tanto quienes no lo hagan serán pasibles de sanciones si no pueden justificar la ausencia.

    Ads

    Quienes tienen justificado no haber emitido el voto, como aquellos aislados por coronavirus, deben hacer su descargo en la página que la Cámara Nacional Electoral dispuso para tal fin: infractores.gob.ar. Allí se puede argumentar la ausencia y cargar, por ejemplo, el certificado médico correspondiente.

    Aquellos que no hayan ido a votar y no puedan justificar la no emisión del sufragio deberán asumir las responsabilidades previstas por el artículo 125 del Código Electoral, que prevé sanciones.about:blank

    Ads

    “Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, dice la Cámara Nacional Electoral.

    Ads
    Ads
    AUTOR
    Foto de La Opinión SemanarioLa Opinión Semanario
    Comentarios

    Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión

    INGRESA
    Ads
    Ads
La Opinión Semanario
Añadir como fuente en
NUESTROS MEDIOS
  • Sin Galera en vivo
  • Archivo de ediciones
  • La Noticia 1
SECCIONES
  • Información general
  • Policiales
  • Sin Galera
  • Deportes
  • Localidades
  • Cultura y Espectáculos
  • Turismo
  • Reporte Ciudadano
  • Servicios
  • Sociales
  • Empresas y Negocios
  • Clasificados
  • Defunciones
  • Política
  • Opinión
  • Videos
2026 | La Opinión Semanario | Todos los derechos reservados: www.laopinionsemanario.com.arRegistro de Prop. Intelectual Nº 53002088 · Edición Nº 12513 - Propietario: La Opinión Semanario SRL - Director Responsable: Lidia Inés Berardi - Liniers 71, San Pedro, Buenos Aires.
Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
Powered by
artic logo