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    Confirmaron el Juicio por la Verdad contra Fernando Espíndola por abuso sexual infantil

    La Cámara de Apelaciones resolvió admitir ese tipo de posibilidad para que el sindicalista de Camioneros y exconcejal sea sometido a debate por el abuso de su sobrina y otros menores de edad convivientes. El juicio por la verdad no puede imponer penas, pero sí atribuir responsabilidades.

    8 de mayo de 2026 | 18:35
    Fernando Espíndola, sindicalista de Camioneros.
    Fernando Espíndola, sindicalista de Camioneros.

    Finalmente, el sindicalista de Camioneros y exconcejal de San Pedro Fernando Espíndola será sometido a Juicio por la Verdad en el marco de la causa por abuso sexual infantil por la que fue denunciado por su sobrina y otras personas que lo acusaron de ser sus víctimas cuando eran menores de edad.

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    La Cámara de Apelaciones, que se había declarado incompetente pero volvió a recibir el expediente desde Casación para resolver, dispuso que es admisible un debate de esas características para los hechos denunciados.

    Así lo reveló el diario El Norte, que indicó que los camaristas revocaron el fallo de primera instancia del Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1, que había considerado que como no se trataba de delitos de lesa humanidad no correspondía encuadrar el caso en un Juicio por la Verdad.

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    La primera denuncia fue radicada por Cintia Espíndola. Luego sobrevinieron otras. En todas acusaron a Fernando Espíndola de cometer delitos de abuso sexual reiterado contra menores de edad cuando él mismo era menor y también cuando ya había cumplido la mayoría de edad.

    La causa tramitó en la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil y la Justicia determinó que los delitos estaban prescriptos por el paso del tiempo, por lo que no podían ser juzgados.

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    Sin embargo, la propia jueza de Garantías María Eugenia Maiztegui, primero, y la Cámara de Apelaciones, después, consideraron viable que el caso se ventile en un juicio por la verdad ante la aberración de los hechos relatados.

    El juicio por la verdad no puede imponer penas de cárcel, pero sí atribuir responsabilidades en los hechos denunciados. Reparatorio y simbólico, no impone años de prisión pero sí puede establecer culpabilidades.

    Ahora, el TOC n.° 1 está en condiciones de llevar adelante las audiencias de debate oral y público. El abogado de Cintia Espíndola, Agustín Tanús, había considerado la decisión de Casación como "una victoria para todas las víctimas" porque "abre las puertas a muchas situaciones parecidas".

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    Fernando Espíndola permanece detenido con prisión domiciliaria a la espera del juicio por la causa Camioneros, que tendrá lugar a fines de septiembre, y en la que está acusado junto a Maximiliano Cabaleyro de "pedir coimas" para dejar trabajar a la empresa Rey Distribución, entre otros delitos.

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