Bajada al Puerto: El Juzgado en lo Correccional definirá sobre la orden de demolición y desalojo
Tras la apelación de los vecinos, el Juez de Faltas elevó el expediente al Juzgado en lo Correccional, que es el que resuelve cuando alguien protesta una infracción del Código de Faltas Municipal. Tiene quince días hábiles para expedirse respecto de los razones expuestas por Rodríguez contra los habitantes de la zona y de las razones presentadas por ellos en su defensa.
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La situación de los vecinos de Bajada al Puerto, que viven históricamente en terrenos que pretende la empresa que construye el hotel Azahar Spa, llegó a la Justicia Ordinaria, luego de que fuera aceptada la apelación que presentaron sobre la decisión de "demolición y desalojo" que resolvió el Juez de Faltas Fabián Rodríguez.
La normativa establece que, tratándose de una falta municipal, resulta de aplicación lo dispuesto por el Código de Faltas Municipales y la ordenanza municipal que lo regula, la jurisdicción en materia de faltas será ejercida "por los jueces de primera instnaica en lo penal, cuando entendieran en grado de apelación".
Esto significa que, aceptada la apelación, "el juez en lo Penal en turno de la jurisdicción conocerá y resolverá el recurso dentro de los 15 días de recibida la causa o desde que la misma se hallare en estado".
Luego de que los vecinos presentaran la apelación, con asistencia legal del abogado y concejal opositor Ariel Ramanzini, el Juez de Faltas Fabián Rodrígez resolvió "conceder el recurso de apelación deducido, con efecto suspensivo, y ele var los presentes actuadoso al Juzgado Correccional en turno del Departamento Judicial de San Nicolás".
Ayer, La Opinión reveló que el barrio está inscripto en el "Registro de Villas y Asentamientos Precarios" para su urbanización y escrituración en la Dirección de Hábitat, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura provincial, creado por la denominada "ley de acceso justo al hábitat" y que prevé un relevamiento de los asentamientos irregulares a los fines de su regularización dominial.
