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    Seguridad e Higiene: Aumentos de hasta el 100 por ciento para las empresas y comercios

    Los mínimos especiales para boliches, hoteles por hora, bancos y entidades financieras, y empresas areneras tienen un incremento del doble respecto de lo que pagaron el año pasado. El mínimo previsto para otras actividades cuyo gravamen se calcula de acuerdo a ingresos brutos es de 7 mil pesos. Ese cálculo contempla una facturación de 20 millones, mientras que el último año fue de 35 millones.

    22 de diciembre de 2015 | 11:47
    Seguridad e Higiene: Aumentos de hasta el 100 por ciento para las empresas y comercios

    Este martes, el Concejo Deliberante votará en sesión extraordinaria las ordenanzas fiscal e impositiva, que fijan las tasas y derechos a cobrar el año que viene y los montos correspondientes a cada una, con incrementos que van del 30 al 140 por ciento.

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    La polémica tasa de seguridad e higiene, cuyos incrementos y formas de calcular cuestionó el propio Secretario de Economía Mario Sánchez Negrete en varias oportunidades, tiene incrementos que llegan hasta el 100 por ciento, como en el caso de los mínimos especiales.

    "A los fines de determinar el monto de los anticipos trimestrales que forman parte de la Declaración Jurada Anual se aplicará la siguiente tabla respecto de la cantidad de empleados", señala el proyecto que será aprobado esta noche. 

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    Los comercios y empresas que no posean personal algunos pagarán  $ 1.099,15; con un a tres empleados, $ 1.373,94; de 4 a 6, 2.060,91; de 7 a 10, 3.434,85; de 11 a 20, 5.495,76; de 11 a 20, 20.304,56; y de 31 a 40, 12.365,47 pesos. 

    El cálculo sobre ingresos brutos tiene una tasa mínima a pagar por mes de 7.000 pesos y es para los contribuyentes que hayan facturado, en el ejercicio 2015, una suma superior a los $ 20 millones mientras que en el último presupuesto contemplaba los 35 millones.

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    Están contempladas actividades como industrias y/o manufactureras; electricidad, gas, agua, telefonía, TV por cable y otras actividades asimilables; servicio de transporte y almacenamiento; comercios al por mayor y menor en general; ventas al por menor en mini mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados con predominio de productos alimenticios; servicios de reparaciones de bienes en general; servicios de hotelerías y restaurantes; intermediación financiera y otros servicios financieros; servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler; servicios sociales y de salud.

    Respecto de los mínimos especiales, la tasa aumenta un 100 por ciento. Los boliches y bares con actividad nocturna pagarán 9.000 pesos por mes (en el proyecto no figuran por error, lo que deberá ser salvado en sesión): los hoteles por hora, 4.500; los bancos y entidades financieras, 45.000 pesos; los negocios de intermediación y otros servicios financieros, 15.000; y las empresas areneras, 30 mil pesos.

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