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    Rige la prohibición para la venta de pirotecnia

    La comercialización sólo se habilita entre el 20 de Diciembre y el 6 de Enero tal como lo establece a ordenanza vigente. Además hay obligaciones para comerciantes y distribuidores que deben poseer lugares de exhibición y depósito. Hay una campaña para protección de mascotas.

    10 de diciembre de 2015 | 19:34
    Rige la prohibición para la venta de pirotecnia

    Ante un cúmulo de quejas por el uso de pirotecnia, La Opinión publicó en su edición impresa los alcances de una ordenanza de 1995 que restringe el uso y la venta.

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    La norma autoriza por apenas 15 días la circulación en el mercado local con sanciones específicas para quienes la infrinjan que van desde la sanción a la clausura. La falta de control de los últimos años ha dejado librada a su suerte la manipulación y expendio de exposivos peligrosos o no autorizados.

    Las precauciones son tanto para locales comerciales que sólo pueden exhibir muestras y tener un stock limitado que deben reponer periódicamente los distruibuidores que también están obligados a estibarlos en un depósito que debe contar con medidas extremas de seguridad. También está penada la circulación de productos pirotécnicos que no cuenten con la aprobación de los organismos correspondientes.

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    El el caso de tratarse de espectáculos de fuegos artificiales hay que contar con autorización municipal previa.

    En cuanto a los menores de edad hay prohibición expresa para la venta y “el uso será responsabilidad de aquellos mayores que adquieran los elementos y las consecuencias que se produjeran”.

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    A las medidas de precaución, la semana pasada, se sumó una campaña para la protección de mascotas que organizaron miembros de APAMA junto a la Juventud Socialista. Durante la primer jornada pudieron recolectar más de 150 firmas a las que se sumó el pedido especial de el papá de un niño con autismo que promueve la toma de conciencia respecto al impacto que producen las explosiones. 

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