Elecciones 2019: qué pasa si no voto y quién está obligado a votar
Los argentinos están obligados a emitir su voto el día de las elecciones, aunque hay excepciones, como quienes tienen entre 16 y 18 años o más de 70, para quienes es optativo.
El voto es obligatorio para todas las personas mayores de 18 años y hasta los 70; optativo para quienes tengan más de 71 años, y para los jóvenes de 16 y 17 años, quienes de acuerdo a la ley, pueden votar tanto en las Paso como en las Generales, incluidos aquellos que cumplan 16 años hasta este mismo domingo, siempre y cuando hayan renovado DNI antes de la fecha límite para la confección de los padrones.
Los que no puedan concurrir porque padecen enfermedad o por alguna otra cuestión de fuerza mayor deben justificar el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales, o bien por médicos matriculados que ejerzan en el sistema privado de salud.
Los que estén a más de 500 kilómetros de su domicilio deben dirigirse con su documento a la comisaría más cercana, antes de las 18.00, hora de cierre de los comicios, para dejar asentados los motivos por los que no fueron a votar, de manera tal que puedan extenderles una certificación escrita que justifique esa ausencia.
En ambos casos, dentro de los 60 días de celebrada la elección deberán presentar el certificado ante la Secretaría Electoral de la Justicia Federal con competencia electoral que corresponda a su distrito, según el domicilio que figura en el padrón, para justificar debidamente su inasistencia.
También lo pueden hacer a través del Registro de infractores online, que permite que quien no fue a votar ingrese sus datos y genere un comprobante de pago para la multa, que asciende a 100 pesos, que se puede abonar en los centros de pago habilitados.
Están exentos los jueces y auxiliares de la Justicia afectados a los comicios. También el personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones relacionadas al cumplimiento de esas tareas estén impedidos de asistir a los lugares de votación.
El elector tiene derecho a obtener una licencia especial de su empleador para concurrir a emitir el voto. Esa licencia es válida para el tiempo que al votante le lleve trasladarse del trabajo al lugar de votación, emitir el sufragio y regresar.
Los argentinos que residan permanentemente en el exterior pueden votar en la representación electoral argentina en el país que corresponda. Quienes estén ocasionalmente fuera del territorio nacional no podrán hacerlo.
Los privados de la libertad procesados sin condena, detenidos con prisión preventiva, tienen derecho a emitir su voto. La Cámara Nacional Electoral debe confeccionar un Registro de Electores Privados de Libertad, habilitar mesas de votación en cada establecimiento de detención y designar autoridades.
Los dementes declarados tales en juicio, los condenados por delitos dolosos a pena privativa de libertad, los sancionados por deserción calificada, los rebeldes en causa penal, los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, todos están excluidos.