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    El Concejo prohibió la venta y uso de pirotecnia

    Aprobaron por unanimidad el proyecto del concejal suplente Fernando Nouet, que tomó la propuesta la Juventud Socialista, partido al que pertenecen, y la protectora de animales Apama. Prohibe la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público de todo elemento de pirotecnia y cohetería. Los "espectáculos de fuegos de artificio" deberán contar con habilitación específica y contratar un seguro.

    28 de julio de 2016 | 17:44
    El Concejo prohibió la venta y uso de pirotecnia

    Fue aprobada por unanimidad este jueves la ordenanza de "Pirotecnia Cero" que elevó el concejal suplente Fernando Nouet luego de una campaña iniciada en conjunto por la Juventud Socialista y Apama, que redundó en una presentación en el Concejo Deliberante

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    La ordenanza sancionada prohibe en todo el distrito de San Pedro"la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista, y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada".

    Es decir que desde ahora, no se puede vender ni utilizar ningún tipo de elemento de esas características. La ordenanza prevé un régimen especial para "espectáculos de fuegos de artificio destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales".

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    Para esos casos, la organización que lo lleve adelante deberá contar con "autorización, mediante resolución fundada", por parte del Ejecutivo muncipal, que extenderá una "habilitación temporaria" en la que quedará expreso "el o los días de espectáculo, y el lugar de emplazamiento solicitado".

    En ese marco, establece que la situación debe ser "operada por Personal Técnico Habilitado en explosivos", quien además "deberá presentar la correspondiente habilitación". La organización deberá contratar un seguro de responsabilidad civil. con la Municipalidad como coasegurada. 

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    Las multas previstas van desde los 3.500 pesos a los 150.000 e incluyen el decomiso de los elementos y la clausura de entre 15 y 30 días para los comercios. Fueron excluidos "los artificios pirotécnicos para señales. de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil, y los de uso profesional".

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