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    Comercios locales no pagarán tasa de cartelería: el Gobierno bonificará el tributo

    La empresa TIPSA comenzó a relevar los carteles en la ciudad y sólo registra los que corresponden a empresas radicadas fuera de San Pedro. Desde el Gobierno confirmaron a La Opinión que el derecho de Publicidad y Propaganda será bonificado para los comercios sampedrinos a raíz de la crisis desatada por la pandemia.

    16 de noviembre de 2020 | 12:10
    Comercios locales no pagarán tasa de cartelería: el Gobierno bonificará el tributo

    El Gobierno municipal decidió bonificar el pago del derecho de Publicidad y Propaganda, la “tasa de cartelería”, para todos los comercios sampedrinos y para el ejercicio 2020 en curso, a raíz de la pandemia de coronavirus COVID-19 que desató una crisis económica en todos los rubros.

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    Consultado por La Opinión, el director de Rentas, Hernán Abatángelo, informó que este año los sampedrinos no pagarán ese tributo.

    Esta semana comenzó a verse a los trabajadores contratados por la empresa TIPSA, que tiene a su cargo la gestión y cobranza del derecho de publicidad y propaganda, que salieron a la calle para hacer el relevamiento de carteles en la vía pública.

    El personal cargo de esa tarea, debidamente identificado, recorre los comercios para relevar carteles con publicidades de marcas que luego serán informadas para abonar el derecho correspondiente. Al momento de relevar, informan en los locales que sólo deben registrar lo que corresponde a firmas no radicadas en San Pedro.

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    Personal contratado por TIPSA comenzó el relevam.iento de terceros
    Personal contratado por TIPSA comenzó el relevamiento de carteles de terceros. Fotos: La Opinión.

    Consultado sobre esa tarea, Abatángelo informó que la orden es relevar “sólo foráneos” porque “los locales serán bonificados por decreto” del intendente municipal para el ejercicio 2020 y no pagarán ese tributo.

    El intendente tiene potestad otorgada por el Concejo Deliberante en la ordenanza fiscal vigente para bonificar total o parcialmente tasas y derechos, por lo que con el decreto con su firma es suficiente para la decisión tributaria tomada.

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