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    Caza furtiva: por qué la Policía Rural sanciona el ingreso a los campos y la utilización de perros galgos

    Los operativos del Comando de Prevención se intensifican en distintos distritos bonaerenses. También en San Pedro. El objetivo es prevenir la caza ilegal de liebres mediante el uso de perros. La práctica está expresamente prohibida por el Código Rural. Qué expresa la normativa.

    6 de agosto de 2026 | 08:58
    La cacería está prohibida si no existe autorización del propietario del campo y si se utilizan perros galgos. (Foto: CPR).
    La cacería está prohibida si no existe autorización del propietario del campo y si se utilizan perros galgos. (Foto: CPR).

    El Comando de Prevención Rural (CPR) intensificó en las últimas semanas los controles destinados a combatir la caza furtiva en diferentes distritos de la provincia de Buenos Aires, entre ellos San Pedro. Los procedimientos apuntan especialmente a desalentar una modalidad de la caza de liebres utilizando perros galgos.

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    Si bien es una habitualidad durante décadas, en algunas épocas más intensas que otras, sorprende el hincapié sobre el tema. Uno de los motivos es la queja permanente en las entidades gremiales del campo, quienes relacionan la caza con los delitos rurales.

    ¿Cuál es la legalidad que lleva a que los controles sean estrictos? 

    Desde la fuerza recordaron que las actuaciones se enmarcan en el Decreto-Ley 10.081/83, conocido como Código Rural de la provincia de Buenos Aires, que establece las condiciones para el ejercicio de la actividad cinegética (caza) y las infracciones aplicables a quienes incumplen la normativa.

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    La utilización de perros galgos para la caza constituye un método prohibido por la reglamentación provincial, independientemente de que los cazadores hayan logrado capturar animales. Además, quienes ingresan a establecimientos rurales sin autorización escrita de sus propietarios también incurren en una infracción.

    Esta práctica no solo representa una violación a la normativa vigente, sino que además provoca un impacto negativo sobre la fauna silvestre y el equilibrio de los ecosistemas. La caza furtiva afecta a las especies nativas y. a su vez, dificulta el control por la masividad de casos que pueden darse en determinada época del año.

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    En los procedimientos realizados por el CPR suelen labrarse actuaciones por la infracción a distintos artículos del Código Rural.

    El artículo 268 establece la obligación de contar con una autorización escrita del propietario, arrendatario u ocupante legal del campo para ingresar a cazar en un predio privado.

    Por su parte, el artículo 273, inciso K, prohíbe expresamente la utilización de perros galgos para la caza de liebres en todo el territorio bonaerense.

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    El artículo 274 determina que toda persona que practique la caza debe poseer la correspondiente licencia habilitante emitida por la autoridad provincial.

    Muchas actas también refieren a los artículos 292 y 294, vinculados históricamente con la violación de vedas y zonas protegidas, una nomenclatura que las fuerzas rurales continúan utilizando en sus actuaciones tradicionales.

    Cuando el Comando de Prevención Rural constata este tipo de hechos, las actuaciones son remitidas al Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, organismo encargado de aplicar las sanciones administrativas.

    Entre las medidas previstas se encuentran el decomiso de las piezas de fauna silvestre secuestradas, la intervención de los perros utilizados en la caza, que quedan bajo la custodia judicial hasta la resolución del expediente, y la aplicación de importantes multas económicas para los responsables.

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