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    Vence el plazo para la inscripción de pymes al programa de emergencia que anunció el Gobierno

    El denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)" prevé una serie de beneficios para empleadores que incluyen postergación o reducción de contribuciones patronales y compensaciones para el pago de salarios, con montos que varían según la cantidad de trabajadores. Las empresas deben informar los ingresos facturados entre el 12 de marzo del año pasado y este 12 de abril. La inscripción se extiende hasta este miércoles.

    14 de abril de 2020 | 15:12
    Vence el plazo para la inscripción de pymes al programa de emergencia que anunció el Gobierno

    Este miércoles vence el plazo para inscribirse en el denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)" que lanzó el Gobierno nacional para asistir a las empresas, sobre todos a las pymes, en medio de la emergencia sanitaria por coronavirus COVID-19 que afecta a la mayoría de los sectores productivos de la economía.

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    El programa prevé una serie de beneficios para empleadores que incluyen postergación o reducción de contribuciones patronales y compensaciones para el pago de salarios, con montos que varían según la cantidad de trabajadores.

    Aunque en principio había un listado de sectores productivos que podían inscribirse, luego el Gobierno extendió a todos los rubros la inscripción, sin importar la actividad o el tamaño.

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    El programa permite que las empresas, sobre todo las pymes, que son empleadoras puedan acceder a beneficios relacionados con el pago de salarios y de aportes de contribuciones.

    Entre los beneficios a los que se puede aspirar aparece la postergación de pago o reducción de hasta el 95 por ciento de las contribuciones patronales, accesible para empresas con no más de 60 empleados en relación de dependencia registrados al 29 de febrero.

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    El programa de asistencia también prevé la denominada "asignación compensatoria al salario", dirigida a las empresas con hasta 100 empleados, con una escala de beneficio según la cantidad de trabajadores.
    Las más pequeñas, con una planta de hasta 25 empleados, percibirán hasta el valor máximo de un salario mínimo vital y móvil (16.875 pesos); para entre 26 y 60 trabajadores, hasta un 75 %; y entre 61 y 100 trabajadores, hasta un 50 por ciento del salario mínimo, vital y móvil.

    El Gobierno informó que esta asignación compensatoria se considerará a cuenta del pago de los salarios, lo que implica que los empleadores deben abonar el saldo hasta completar el sueldo.

    Las empresas que tengan más de 100 empleados podrán acceder al programa de asistencia por emergencia sanitaria Repro, que otorga entre 6.000 y 10.000 pesos por trabajador.

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    Como se dijo la inscripción, que abrió el 9 de abril pasado, vence este miércoles y se hace online en la página de AFIP. Para acceder, las empresas deben reportar los datos de facturación de ventas entre el 12 de marzo del año pasado y el 12 de abril de este año. Las empresas serán analizadas para la otorgación del beneficio.

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