Temporada de poda: fechas habilitadas y requisitos para tramitar el permiso en la Municipalidad
El Municipio recordó que la poda del arbolado urbano solo podrá realizarse entre el 1° de mayo y el 31 de agosto. Para hacerlo, será obligatorio gestionar un permiso previo y cada vecino deberá hacerse cargo del retiro de los restos. También advirtieron sobre posibles sanciones ante incumplimientos.
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La secretaría de Servicios Públicos informó cuál es el período habilitado para realizar tareas de poda del arbolado urbano.
En San Pedro está vigente la Ordenanza 3884/85, que indica que el plazo establecido para realizar estas tareas va desde el primer día de mayo hasta el 31 de agosto
Para llevar adelante estos trabajos, habrá que gestionar previamente la autorización correspondiente mediante la presentación de una nota en la Mesa de Entrada del Municipio.
Una vez aprobado el trámite, el permiso deberá retirarse en la sede de la secretaría de Servicios Públicos, en Arnaldo 150.
La Municipalidad recordó a los frentistas que no realiza la recolección de los restos de poda, por lo que el retiro de ramas y residuos generados quedará a cargo de cada vecino.
Desde el área advirtieron que toda poda realizada fuera del período permitido o sin la autorización correspondiente podrá ser sancionada con multas. Del mismo modo, el incumplimiento en el retiro de los restos también podrá derivar en penalidades.

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