Reserva Natural Histórica y Refugio de Vida Silvestre en Vta. de Obligado
Intendente de San Pedro, Sr. Pablo Guacone
Anexar: EXP Nº 4109-3704 entrada 8 de junio 2010
EXP de Ref: 4107-2923 entrada 20/05/08;4107- 4670/02 entrada 06/11/02;
TEMA: Monumento en la Reserva Natural Histórica y Refugio de Vida Silvestre Vuelta de Obligado (Ord. 5333/03).
Debido a la charla mantenida con el Director de Turismo Fabián Bianchi realizada en el mediodía del 16/06/10, en la Municipalidad acerca de la instalación de un Monumento en la Reserva Natural Historica y Refugio de Vida Silvestre Vuelta de Obligado.
Aconsejaría lo siguiente: Un Monumento de aproximadamente 625 mts2, es una estructura demasiado pesada para un suelo tan frágil como el del sector que fue elegido en la cresta de la barranca. Por las siguientes razones: las cuevas que se encuentran en el pie de la barranca de la parcela 1031 cb llegan hasta el bosque, y son erosionadas por las crecientes del río. Además la cresta de barranca, bosque, por los continuos desmontes que se realizan por parte de la Municipalidad, corre el peligro de hundimiento o desmoronarse. Como sucede actualmente con el borde la barranca que da al río Paraná y donde comienza el paseo de las placas que se observa un hundimiento, por desmoronamiento de estas cuevas a falta de vegetación que sostenga el suelo en su superficie.
Esta construcción alteraría el paisaje, fisonomía del lugar además de la ya perdida de la vegetación de la cresta de la barranca. Por eso la ordenanza de creación (5.333/03) establece en su art. 3 que se prohíbe la realización de construcciones o caminos que modifiquen el paisaje natural. Así también recomendado en los Lineamientos del Plan de Manejo de Reserva, Pág.13. También establece un estudio de impacto ambiental para cualquier modificación.
Es bueno recordarle que el sitio de Obligado es una de la 273 (AICAS) Áreas Importantes para la Conservación de las Aves de Argentina, 2005 Aves Argentinas/Birdlife, y Área Valiosa de Pastizales, 2004 Fundación Vida Silvestre.
Las leyes provinciales 10.907/95, reservas naturales de la provincia, y 11723/03 establecen la protección de los recursos naturales. Así también el deber de preservarlos tanto ciudadanos como funcionarios establecidos en los arts. 28 de la Constitución de la Provincia y 41 de la Constitución Nacional.
Como posibles lugares opcionales en los cuales se puede emplazar este Monumento en actual paseo histórico donde se encuentran los mástiles, placas y cadenas, MZ 7 y 6 parc 3,. ya que fue donada, por el Sr. Javier Obligado a tal fin, también como lugar de museo el 06/12/2007 convenio refrendado por el intendente Barbieri y por la Provincia de Bs. As., el Sr. Baleztena Carlos Francisco, en su carácter de Director de inmuebles del Estaclo. Otro lugar posible es la MZ 44 actual Plaza, la cual posee un área bastante amplia, ya que es una manzana completa, o la Mz 43, enfrente de ésta.
Observo conveniente el momento para informarle:
1. Retiro de la cubierta vegetal bajo la forma de desmonte, “limpieza” y quema.
2. El corte de la vegetación en el bosque y en la barranca provoca un aumento de la erosión ya que expone el suelo a las lluvias produciendo su desplazamiento y disgregación. Por otra parte, mediante esta extracción, se está suprimiendo la vegetación que retiene agua y previene posibles zonas de inundación.
3. Los parches afectados por extracción de plantas nativas permiten la colonización de especies exótica invasoras. El sotobosque, además, es zona de nidificación y refugio de la fauna nativa. El corte del césped sólo es necesario alrededor del Faro y del Monumento, y actualmente se ha extendido a zonas donde se eliminó vegetación indebidamente.
Atte., a su disposición para su consulta o si lo desea, mostrarle, guiarlo en el terreno a Ud. Sr. Intendente junto a el director de Turismo y Director de Cultura.
Guía e Interprete de Naturaleza
Aves Argentina/AOP Áreas Naturales NO de Bs. As.
Fundación Oga
PD: La documentación que se cita se encuentra en la dirección de Turismo y en la secretaria de Gobierno.
Propuesta de lineamientos para el Plan de Manejo de la Reserva Municipal Vuelta de Obligado (San Pedro, Buenos Aires, Argentina) Un aporte de Aves Argentinas/ Asociación Ornitológica del Plata Buenos Aires, 2005.
En Internet: http://www.infoguiasanpedro.com/download/Plan_de_manejo_Vuelta_de_Obligado.pdf
Ordenanzas de Referencia: 5.333/03; 5.184/00
(AICAS) Áreas Importantes para a Conservación de las Aves de Argentinas
http://www.avesargentinas.org.ar/cs/conservacion/aicas/home.html
(Avps) Áreas Valiosas de Pastizales.
http://wwfar.panda.org/que_hacemos/nuestra_solucion/cuidar_nuestro_mundo_natural/ordenamiento_territorial/pastizales/
Enrique A. Sierra, DNI: 16.416.386, Tel: 425958.