Por un Defensor del Pueblo
San Pedro, 4 de Agosto 2009. Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro.
De mi consideración: Me dirijo a Ud., y por su intermedio a Todos los bloques e integrantes de los mismos en el Honorable cuerpo, con el objeto de REEINSTALAR el tema de la figura del DEFENSOR DEL PUEBLO dentro del Recinto Parlamentario Sampedrino.
Me parece oportuno comentarles que las Facturas correspondientes al consumo de Gas Natural que están recibiendo nuestros vecinos tienen el agregado del Decreto Nº 2067/08, sumado el I.V.A. correspondiente al importe mencionado, además de: Cargos fijos, Imp. I. Brutos, correspondiente a la distribuidora, Imp. I. Brutos correspondiente al Transporte, Imp. Por débitos y créditos a C/C a Distribuidora, Imp. Por débitos y créditos a C/C a Transporte, I.V.A. sobre lo consumido, Imp. De la Pcia. de Bs. As., Fondo Fiduciario Ley 25.565, lo que determina que para un consumo de 600/700 m3, de $ 160.00, (estimado) se eleve a la suma de $ 450,00 aproximadamente, siendo esta última suma Impuestos sobre impuestos y correspondiendo a la primera suma solamente lo real consumido.
Lo antes mencionado, que parece surgido de una fábula de humor más que negro, acentúa su color, figurando el cobro por Decreto, en un período Constitucional, donde debe ser el Congreso quien establece los impuestos y cargas para sus habitantes y no por Decreto del Gobernante de turno.
Esta situación se agrava con el índice del P.U.R.E.E. en las facturas de LUZ venideras y los aumentos ya anunciados de Pre-pagas, Escuelas Privadas o semi-privadas y resto de los Servicios, etc.
Lo descripto determina una realidad presupuestaria para el Ciudadano normal, que hace casi imposible de poder llegar a cumplir con los Servicios más elementales, modificando y alterando las costumbres y modalidades de la población.
Todo lo mencionado, me retrotrae al año 2008, específicamente Septiembre 23, donde en el Expte. Nº 1631-08 solicitaba la creación en San Pedro de la figura del DEFENSOR DEL PUEBLO, que se encuentra contemplada en el Art. 86 de la Constitución Nacional, el Art. Nº 55 de la Constitución Provincial y Leyes Nº 24284 y 24379, sumándome a la inquietud presentada en su momento por el Concejal Larraburo; posteriormente, el 10 de Noviembre de 2008, presentaba el Expte. Nº l669/08, donde adjuntaba copia de la Ordenanza creando la mencionada Institución en el Municipio de Escobar, como un aporte para apoyarse en la configuración de la Ordenanza en nuestra Ciudad y se mencionaban distintos Municipios donde funciona la misma.
De cuánta utilidad serviría en estos momentos la mencionada Institución en nuestra Ciudad, (tema Gas, Luz, etc.), cuando se llega a vivir situaciones extremas como la situación actual que competen a varios servicios que deben afrontar todos los Ciudadanos.
Asumiendo la Representación gratuita de los intereses genuinos que afectan a los Sampedrinos y no teniendo que depender de Profesionales y organizaciones que no son conocidos en el medio, que han tomado la decisión de presentarse ante la Justicia en defensa de su situación y la de muchos vecinos nuestros, pues en San Pedro no contamos con el DEFENSOR DEL PUEBLO, pues Nuestro Honorable Concejo Deliberante remitió todo lo antes mencionado a ARCHIVO, sin debatirlo en Sesión, lo que determina una total Responsabilidad en los miembros del Oficialismo y de las Autoridades del Cuerpo.
Derivar un tema a Archivo sin el debate en el recinto, para que la comunidad sepa qué piensan sus Representantes en cualquier disciplina, más allá del resultado final, que puede llegar a ser el mismo, pero resuelto en una reunión Parlamentaria entre cuatro o cinco personas a puerta cerrada, es lisa y llanamente anular el cuerpo Deliberativo, es en el fondo socavar un Poder, es decir: DE ESTE TEMA NO SE HABLA, y tal actitud nos ha hecho mucho daño, al sistema Democrático y a todos los Ciudadanos.
No alcanza con canalizar la protesta Popular en alguna Secretaría del Municipio en la cual se pueden presentar los ciudadanos, quedó claro que no dio resultados, recientemente, cuando se quiso canalizar desde la Secretaría de Gobierno y Hacienda un legítimo reclamo popular, donde muy pocas personas se hicieron presente, a pesar de la fuerza del reclamo, o realizar algún proyecto de Comunicación ante algún Estamento gubernamental sin solución en tiempo para el ciudadano, es derivar el tema en una solución inalcanzable, o sea “TIRAR LA PELOTA PARA ADELANTE”, cuando realmente desde el Cuerpo se tiene la herramienta necesaria, no olvidando que el Pueblo suele tener muy en claro las distintas Obligaciones, Representaciones y facultades otorgados por nuestra Constitución a cada una de las Instituciones de Gobierno. Por lo expuesto y que consta en las notas mencionadas, se convierte en INDISPENSABLE dotar a San Pedro de la INSTITUCIÓN DE DEFENSORIA DEL PUEBLO, convirtiéndose en absoluta Responsabilidad del Cuerpo la decisión del tema; las DECISIONES POLITICAS, si no se canalizan en tiempo y forma, pueden convertirse en boomerang, percibir y entender los mensajes que envía la población en distintas manifestaciones se convierte en un deber de un Representante Político e interpretar los últimos resultados electorales es de Dirigentes y no de ciegos de buena vista; sería oportuno tomar verdadera conciencia que muchos ciudadanos están esperando sus decisiones, a favor de que alguien se ocupe de sus derechos y que los represente ante tantas arbitrariedades por sortear. Si mi paso por ese Honorable Cuerpo, el paso por la Honorable Legislatura de la Pcia. de Bs. As., el Premio Parlamentario, pertenecer al Instituto de Gestión Pública y algunas otras yerbas pueden llegar a servir en la instrumentación de la Ordenanza Correspondiente como de cualquier inquietud que se presentara al Honorable Cuerpo, me coloco a su entera disposición para colaborar en lo que les resulte pertinente, aprovechando la oportunidad para saludarles con mi mayor estima.
Eduardo Ezequiel Polimante, Dip. Provincial Mandato Cumplido, Fundador del Movimiento “VOLVER”, Integrante y Fundador de “ESPACIO ABIERTO”
P.D.: adjunto fotocopia de Proyecto de ordenanza del Concejal Larraburo, fotocopia del Expte. Nº 1631-08 y del Expte. Nº 1669-08, por si el archivo es tan archivo que cuesta trabajo encontrarlos. Total 21 fojas.