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    Pirotecnia Cero sigue vigente a pesar de la demanda de Cienfuegos

    El Poder Judicial resolvió que la empresa debe realizar el reclamo en cada juzgado al que correspondan San Pedro, Bahía Blanca y Santa Rosa. El fallo permite continuar con los controles. En el partido no se pude tener, fabricar, depositar, comercializar ni ofrecer al público de manera mayorista o minorista ningún elemento de pirotecnia y cohetería.

    5 de mayo de 2017 | 08:13
    Pirotecnia Cero sigue vigente a pesar de la demanda de Cienfuegos

    La Justica rechazó una demanda que Cienfuegos S. A. interpuso contra los municipios de San Pedro, Bahía Blanca y Santa Rosa (La Pampa) y el Renar, y, a pesar de sus intentos por dejar sin efecto la ordenanza de Pirotecnia Cero, la misma sigue vigente en la ciudad y el fallo permite continuar con los controles.

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    La empresa inició el expediente en el fuero federal bajo el argumento de que uno de los demandados es un organismo nacional. Sin embargo, el criterio de la Justica fue que debe plantear la nulidad de ordenanzas municipales contra cada municipio en particular.

    Para San Pedro, el fuero correspondiente es el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de San Nicolás, a cargo de la Dra. María Isabel Fulgheri. Cienfuegos apeló, por lo que todavía espera la resolución de la Cámara. Si se sostiene el criterio de primera instancia, la empresa tendrá que ir a cada territorio a hacer su planteo.

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    La intención de la empresa, entienden los abogados de los municipios, es "dificultar el derecho de defensa" de las demandadas. En San Pedro no se pude tener, fabricar, depositar, comercializar ni ofrecer al público de manera mayorista o minorista ningún elemento de pirotecnia y cohetería.

    Los “espectáculos de fuegos de artificio destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales” sólo pueden ser autorizados por el Gobierno, “mediante resolución fundada”.

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    Las multas previstas van desde los 3.500 pesos a los 150.000 e incluyen el decomiso de los elementos y la clausura de entre 15 y 30 días para los comercios. Fueron excluidos "los artificios pirotécnicos para señales. de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil, y los de uso profesional".

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