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    Pirotecnia Cero: Pese a la prohibición sigue la venta callejera y en comercios

    La norma aprobada en 2016 sirvió para moderar el uso y la comercialización indiscriminada. Ya no hay puestos callejeros de las empresas fabricantes de artefactos pirotécnicos pero vendedores ambulantes y pequeños kioscos de barrio continúan con la venta. La emprea Cienfuegos insiste con el pedido judicial para declarar inconstitucional la ordenanza tal como lo logró en Miramar.

    24 de diciembre de 2018 | 18:30
    Pirotecnia Cero: Pese a la prohibición sigue la venta callejera y en comercios

    La Ordenanza que prohibe el uso y venta de pirotecnia aprobada en 2016 sigue vigente. La carencia de controles se nota no sólo en lugares de venta improvisados donde los explosivos se exhiben sobre mesas callejeras sino con vendedores ambulantes que llevan en sus mochilas peligrosas cargas.

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    Según indica la norma que rige el tema en la ciudad la prohibición comprende el uso de fuegos artificiales a menos que sean autorizados como espectáculo. La empresa Cienfugos ya intimó al municipio a derogar esa disposición porque ya obtubo un fallo favorable en el partido de General Alvarado.

    Las campañas de alerta y concientización han estado a cargo de proteccionistas de mascotas, profesionales de la salud y en muchos casos niños con tratosrnos del espectro autista cuyos mensajes se reproducen en redes como señal de la necesidad de cesar con prácticas que alteran su bienestar.

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    Desde el municipio han considerado necesario reforzar las advertencias sobre los peligros que acarrea la manipulación de artefactos explosivos.

    Qué dice la ordenanza

    La norma que rige en la ciudad prohíbe “la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista, y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada”.

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    Hay un régimen especial “espectáculos de fuegos de artificio destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales” para los que los organizadores de esos eventos deben pedir autorización “debidamente fundada”, contratar “Personal Técnico Habilitado en explosivos” y un seguro de responsabilidad civil.

    Las multas van desde los 3.500 a los 150.000 e incluyen el decomiso de los elementos y la clausura de entre 15 y 30 días para los comercios.

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