Para el Tribunal de Cuentas, todos actuaron mal en el caso del Transporte Público
El organismo provincial analizó el proceso de rescisión de contrato con Caso, el acuerdo precario con Vercelli y los dimes y diretes de una situación que llevó a Guacone a la interpelación y por lo que enfrenta una causa penal en la Justicia por incumplimiento de deberes de funcionario público. Sostiene que tanto Ejecutivo como Deliberativo tienen sus responsabilidades.
Tal como adelantó La Opinión la semana pasada, el Tribunal de Cuentas presentó el fallo sobre el análisis de la Rendición del Ejercicio 2011, el de la campaña política que llevó a la victoria a Guacone y que tantas dudas generó en la oposición. Entre los reparos y retos, el organismo provincial aprobó la gestión del Intendente. En ese marco, dedicó varias de las 72 páginas del dictamen al Transporte Público.
Es que le tocó a la Relatoría analizar nada menos que lo sucedido luego de la polémica rescisión de contrato con la empresa Jorge Caso. S. A. a través de un acuerdo que el Concejo Deliberante nunca refrendó y cuyo caso llevó a Guacone al banquillo de la interpelación y provocó una denuncia penal en su contra presentada por la oposición ante la Justicia por incumplimiento de los deberes de funcionario público que tramita en la Fiscalía N° 7 de Gabriela Ates.
Los reparos, observaciones y problemas que encontró el Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) recaen no sólo sobre el Intendente Guacone sino también sobre Sergio Rosa y Martín Pando como presidentes del Concejo
Los retos a Guacone
El HTC observó que el Ejecutivo no firmó decreto alguno en el que quede plasmado cuáles fueron los antecedentes que se tuvieron en cuenta a la hora de dar por válidas las “razones de fuerza mayor” esgrimidas por Caso para dejar el servicio.
En su descargo, el Intendente indicó que no le resultaba “clara” la necesidad de dictar un decreto, e invocó la existencia de un acta acuerdo con la empresa, “que fue comunicada al Concejo Deliberante”.
El fallo cuestionó el accionar del Ejecutivo, ya que consideró que la decisión tomada tenía que “estar investida de las formalidades que el hecho demandaba”. En su dictamen, el HTC apoya uno de los reclamos fundamentales de los concejales sobre el tema.
Si bien indicó que el “ejercicio discrecional” del Intendente es una facultad cuya competencia preveía el propio pliego de concesión, señaló que las razones de fuerza mayor y las previsiones legales alegadas por Caso S. A. “debieron ser prolijamente plasmadas dentro de un acto que resolviera la cuestión plasmada” y sentenció que debería haber sido “de la misma jerarquía de aquel que adjudicara la concesión que ahora se extingue”.
Acto seguido, acompaña el enojo de los ediles: el Tribunal de Cuentas sentenció que “al declarar la emergencia en materia de transporte y autorizando la celebración de un contrato precario de concesión con la firma Vercelli Hnos. ha invalidado las facultades que le son propias al Concejo Deliberante”.
Además, llamó la atención porque el Ejecutivo firmó un nuevo decreto para extender el contrato precario de Vercelli, nueve meses después del primero. A este sí lo mando al Concejo, al contrario del otro. “Debió haberse llamado inmediatamente a sesión extraordinaria”, indicó el HTC en su fallo.
En ese sentido, el organismo provincial ratificó que resolver al respecto es “atribución propia” del Concejo Deliberante “disponer la prestación de servicios públicos por terceros y adjudicarlos por ordenanza”. De la misma manera, sostuvo que “esta potestad no cede ni se modifica por existir emergencia”.
Llamado de atención al Concejo
El cuerpo deliberativo también tuvo su parte de responsabilidad en la situación del transporte, según el fallo del Tribunal de Cuentas, que continúa hasta nuestros días, ya que todavía sigue vigente el “contrato precario” con Vercelli, a pesar de que la licitación ya fue cursada y la empresa nicoleña fue la única en presentarse.
En principio, por enviar a archivo una propuesta de transferencia del servicio. Una formalidad, ya que el HTC considera que bien podrían haber votado por sí o por no.
En segundo término, señala “incumplimiento de deberes y obligaciones” del Concejo por “conducta omisiva y distante” en el tratamiento de expedientes. Observa la extemporaneidad de el pedido de convalidación del acta acuerdo con Caso, que fue firmado en noviembre de 2010 y rechazado por los ediles recién en octubre de 2011.
También hace reparos sobre las demoras para tratar el proyecto del pliego de bases y condiciones necesario para llamar a una nueva licitación; y la falta de tratamiento del decreto para convalidar la declaración de emergencia del transporte público en la ciudad.
A pesar del extenso descargo de Sergio Rosa sobre la necesidad de estudiar en profundidad temas como estos, señalando que en ningún lado está escrito que haya un “parámetro de tiempo justo” para el tratamiento de los proyectos, el HTC entendió que el deliberativo “debió actuar con la celeridad que el tema merecía”.