Sin Galera
Para el que pare habrá descuento
Lo comunicó el Departamento Ejecutivo Municipal mediante una resolución en la que detallan que se trata de una medida impuesta por el Intendente Municipal. Los representantes de lo gremios anunciaron que se presentarán el miércoles en la Delegación del Ministerio de Trabajo. ESCRITO COMPLETO.
El Departamento Ejecutivo Municipal informa que ha resuelto, con motivo de la continuidad de las medidas de acción directas dispuestas por el Sindicato de Trabajadores Municipales, Sindicato Unico de Trabajadores Municipales y Ate a partir del día 19 de agosto de 2.014, y considerando que el Artículo 59 de la Ley nº 11.757 prescribe que son Obligaciones de los agentes municipales:
Inciso a) ” Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mayor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal “
Inciso b) “Obedecer las órdenes del superior jerárquico, siempre que sean propias del servicio, y no manifiestamente ilícitas. Cuestionada una orden, la insistencia en ello deberá formularse por escrito”
Inciso d) “ Proceder con cortesía, diligencia y ecuanimidad en el trato con el público y llevar a cabo una conducta cooperativa y solidaria en el ámbito del trabajo”
— Que la Dirección de Recursos Humanos informa que desde los días 08 de agosto del corriente año, los empleados de este Municipio realizaron medidas de acción directas dispuestas por las entidades gremiales referidas, originadas en un conflicto colectivo de trabajo con motivo, inicialmente, de un reclamo de índole salarial y luego con relación a otros reclamos,
— Que el día viernes 15 de agosto pasado los trabajadores, a pesar de haberse depositado los salarios y de los esfuerzos realizados por el Departamento Ejecutivo Municipal para dar cumplimiento a ello y para garantizar la paz social y el normal desenvolvimiento de la administración pública, a través de Asamblea frente a las puertas del Palacio Municipal, decidieron continuar con las medidas de fuerza hasta el día viernes 22 de agosto del corriente año donde decidirán en nueva reunión Asamblearia si continúan con dichas medidas;
— Que dichas medidas consisten en que los empleados no asistan a su lugar de trabajo donde prestan servicios, no desempeñando consecuentemente servicio alguno, no existiendo por ello contraprestación laboral;
— Que dichos agentes, por ende, no cumplirán con su obligación principal cual es la normal y efectiva prestación de servicios, prevista en la norma antes citada;
— Que al día de la fecha se encuentra abonado la totalidad del haber mensual del Personal de Planta permanente y transitoria de la Municipalidad de San Pedro;
— Que se hace constar que no existe en la actualidad la denominada “Huelga por Culpa del Empleador” por cuanto la Municipalidad de San Pedro concretó sus obligaciones principales;
–Que asimismo mediante Resolución del Ministerio de Trabajo de la Pcia. De Bs. As. Nro. 949/09 se establece que las inasistencias de los agentes de la Administración Pública Provincial motivadas en el ejercicio del derecho de huelga y que no fueren justificadas serán descontadas del haber del mes correspondiente;
— Que asimismo se deben garantizar las guardias mínimas que deben mantenerse durante el conflicto para asegurar el cumplimiento de los Servicios Públicos Esenciales, las modalidades de ejecución y el personal que se debía asignar a la prestación de los mismos, so pena de poner en riesgo la vida, la salud y la seguridad de la comunidad del Partido de San Pedro o parte de ella;
— Que si bien el derecho de huelga se encuentra consagrado constitucionalmente, se debe merituar la razonabilidad de su ejercicio y el límite de extensión en el tiempo;
— Que en la relación de empleo público no corresponde abonar salarios por trabajos no realizados, es decir, cuando no exista una efectiva prestación de servicios;
Por todo lo expuesto, y por expresas instrucciones recibidas por el Señor Intendente de la Municipalidad de San Pedro, se constriñe e impone a cada una de las Secretarías dependientes de la administración pública local, para que a su vez sea transmitido a las Direcciones y al personal que presta tareas en la totalidad de las áreas del Municipio en carácter de RESOLUCIÓN lo siguiente:
1º.- Se comunique en forma fehaciente e inmediata a esta Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de San Pedro todo personal municipal que se adhiere al paro a partir del día miércoles 20 de agosto del corriente año y días subsiguientes.-
2º.- Hágase saber a los agentes municipales que realizaren medidas de acción directa durante los días señalados dispuestas por el Sindicato de Trabajadores Municipales, Sindicato Ú nico de Trabajadores Municipales y Ate que se procederá al descuento del haber del mes correspondiente, por no haber cumplido con la obligación principal de la relación de empleo público a cargo del trabajador, cual es la normal y efectiva prestación de servicios, prevista en los Incisos a), b) y d) del Artículo 59 de la Ley nº 11.757, amén de garantizar de igual manera los servicios esenciales y evitar poner en peligro con ello la vida, la salud y la seguridad de toda o parte de la comunidad de este Partido de San Pedro.-