Papel Prensa: La Corte Suprema toma partido en causa por contaminación
La aparición del Máximo Tribunal en una causa iniciada tras una denuncia por contaminación sobre el río Baradero provocada por la papelera abre un nuevo panorama en el que el sentido original de establecer el grado de contaminación que produce la pastera se diluye en el tiempo. En medio de la guerra Clarín – Gobierno, el expediente es casi una bacteria invisible que recorre sin controles ni certezas las aguas de la costa sampedrina. Además, la Corte rechazó una cautelar interpuesta para que la Secretaría de Medio Ambiente no avance con un sumario administrativo contra la empresa.
En medio de la polémica desatada por el informe presentado por la Presidenta de la Nación sobre el proceso de traspaso de acciones desde la familia Graiver a los diarios Clarín, La Nación y La Razón, y dos semanas antes de ese acto, la Corte Suprema de la Nación emitió un dictamen en relación a la causa iniciada por el Fiscal Juan Patricio Murray respecto a la presunta contaminación del río Baradero que produce la planta local.
El Máximo Tribunal de la Nación declaró su “competencia originaria” para intervenir en una causa elevada al Juzgado Federal de Carlos Villafuerte Ruzo por parte de la compañía contra el Estado Nacional, tras negarse a permitir que la Secretaría de Medio Ambiente tomara muestras de efluente líquido industrial el 29 de agosto de 2007, dos días después de tomar otras muestras y labrar el acta correspondiente, que la empresa consideró el cierre del proceso administrativo.
Para justificar la negativa a los controles, Papel Prensa esgrimió que el vuelco de efluentes lo realiza en el río Baradero y que corresponde a las autoridades provinciales el ejercicio de contralor y que “el permiso se lo otorgó la provincia, razón por la cual no se configuran los supuestos de excepción contemplados en el art. 11 de la Ley Nacional 24.051 de residuos peligrosos”, sobre los que el propio Fiscal Murray fundó sus argumentos.
Villafuerte Ruzo se declaró incompetente ante la demanda con el argumento de que “el proceso debe tramitar ante la instancia originaria de la Corte, por ser parte una provincia en una causa de naturaleza federal”.
Así, todo pasó a la Corte, que ahora se hizo cargo de su competencia, pero rechazó la medida cautelar interpuesta, en la que la compañía solicitaba que el Estado se abstuviera de dictar “cualquier medida o acto administrativo que implique ejercicio de las facultades de la Ley Nacional 24.051 y de continuar con el sumario administrativo al que se hizo referencia en el acta de inspección de fecha 29 de agosto de 2007”, que generó un “estado de incertidumbre” producto de la intimación efectuada para exhibir “el permiso local de vuelco de efluentes líquidos industriales dentro del plazo de 24 horas, bajo apercibimiento de iniciar actuaciones sumariales”. La negativa de la empresa consta en un acta labrada el 30 de agosto de ese año.
La cautelar interpuesta tenía como basamento el hecho de que “el rechazo de la medida que pide implicaría someter a la empresa a las sanciones de multa, clausura del establecimiento” y que “una eventual clausura del establecimiento paralizaría dicha industria en tanto la demanda” de los diarios “no podría ser satisfecha”.
Ese pedido fue rechazado de plano, considerando que una medida como la invocada que podría tomar la cartera nacional que tiene a su cargo Homero Biblioni “no sólo exige una precisa determinación de la imputación del o los cargos al presunto infractor, sino que además contempla una cabal participación de este último en resguardo de su legítimo derecho de defensa” y que la compañía “no aporta ningún elemento que permita determinar, siquiera prima facie, que se encuentre en trámite una actuación de esas características, o que en dicha actuación se haya obviado la participación que le cabría”, por lo que desestima el “peligro en la demora” argumentado.
La sentencia suscripta por el Presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti y los Ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt (según su voto), Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni ordenó correr traslado de la demanda y citar, a pedido de Papel Prensa, a la provincia de Buenos Aires “para que en el plazo de sesenta días tome intervención en la causa”, medida comunicada al Gobernador Daniel Scioli y a la Procuradora General de la Corte Provincial, María del Carmen Falbo.
Desde los allanamientos dispuestos en 2007 hasta la fecha ha pasado de todo. Independientemente del enfrentamiento que significó la ruptura Clarín – Gobierno tras el conflicto por las retenciones móviles y que tiene su correlato en los discursos en los que Néstor Kirchner señala a Héctor Magnetto como el principal opositor del Gobierno y el CEO de Clarín convoca a reuniones con los referentes de la oposición.
Pasos insólitos
La causa abierta por el Fiscal Murray para elucidar si hay contaminación en los efluentes que vuelca al río la planta local ha pasado por estadios insólitos en los que la demanda interpuesta por la propia empresa al Estado es apenas un emergente de las rarezas que sucedieron en ese marco.
Tras las primeras muestras oficiales y las tomadas por el periodismo que, enviadas a analizar, dieron resultados que certifican la contaminación en grados relevantes aunque no tienen valor judicial, sucedieron varios hechos dignos de recordar.
El primer informe del Instituto Nacional de Agua (INA), firmado por el Ingeniero Sanitario Oscar Emilio Llanos (Mat 1.982) daba cuentas del grado de contaminación presente en los efluentes de Papel Prensa. Luego hubo un nuevo pedido de análisis, con la misteriosa demora de las muestras antes de llegar al INA sin que vencieran, lo que provocó un sumario interno en la Policía Federal, a cargo del traslado.
En junio de 2008, en pleno conflicto con el campo, la Prefectura Naval tomó nuevas muestras por orden del Juez Villafuerte Ruzo. La compañía fue avisada del allanamiento y un profesional acompañó el relevamiento, cuyo análisis en el INA esta vez arrojó resultados que ubicaron la contaminación dentro de los parámetros normales.
El Fiscal Murray, no contento con ello, el 12 de agosto de 2008 firmó la calificación de “ecotoxicos” para esos efluentes y solicitó nuevas muestras para evitar el sobreseimiento. Allí, el Fiscal presentó como parte de los argumentos un documento de la Agencia Ambiental de los Estados Unidos, redactado en su idioma original.
El 25 de Agosto, a casi un año del primer allanamiento, Villafuerte Ruzo contestó el escrito de Murray. Allí decía que, ante la falta de traductor oficial, la Fiscalía tenía que designar uno que traduzca el documento y volver a mandar el dictamen.
La última novedad que había en el marco de esta causa era el pedido de Murray por nuevos análisis, el año pasado. Para ello se necesitaba una autorización del Consejo de la Magistratura y la Procuración General de la Nación, que deben determinar cuál de esos organismos se hará cargo de los 170.000 pesos que hacen falta para proceder a probar que existe “ecotoxicidad crónica” sobre las aguas del río Baradero, cosa en la que aún no se pusieron de acuerdo.