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    Notifican a comercios nocturnos que deben poner cámaras de seguridad

    La Dirección de Rentas envió las notificaciones para que todos los locales de actividad nocturna cumplan con lo que prevé la ley provincial, que obliga a instalar dispositivos de videovigilancia en los accesos y egresos de los comercios. Las imágenes se conservan durante un año y sólo pueden ser entragadas por orden judicial o administrativa.

    29 de marzo de 2016 | 18:06
    Notifican a comercios nocturnos que deben poner cámaras de seguridad

    El Gobierno local distribuyó notificaciones a los comercios que están enmarcados en la actividad nocturna para que coloquen cámaaras de videovigilancia, tal como establece la ley 14050 que rige en la provincia de Buenos Aires en materia de Nocturnidad.

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    La notificación fue emanada desde el ára de Inspección de Comercio, que depende de la Dirección de Rentas, y le pide a los comercios que en el término de cinco días presente documentación relacionada con la habilitación y las pólizas de seguro.

    Además, informa que cada local "deberá colocar cámaras de videovigilancia", que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el decreto que reglamentó ese artículo de la ley sancionada en la Legislatura bonaerense en 2009.

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    El decreto reglamentario señala que "se instalarán tantas cámaras como sean necesarias para cubrir todo el perímetro exterior del local sin que queden zonas ciegas" y que deberán colocarse carteles que adviertan al público de la existencia de los aparatos, en lugares visibles y legibles. 

    "Deberá garantizarse la nitidez de las imágenes, y la fecha y hora de los registros" y el responsable del establecimiento nocturno "está obligado a mantener la intangibilidad de la información que surge de la grabación", dice el texto.

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    Las imágenes son consideradas "confidenciales", al igual que los sonidos que registren las cámaras, y deberán ser conservadas por un plazo de un año. La entrega del material sólo podrá hacerse a requerimiento de las autoridades judiciales que instruyan investigaciones penales preparatorias o faltas contravencionales o autoridades administrativas en el ejercicio de su función.

    "Las autoridades de comprobación de las infracciones serán las encargadas de efectuar los controles periódicos de las instalaciones y/o funcionamiento de la/s cámara/s de video vigilancia en los ingresos y egresos de los locales bailables", es decir Policía e Inspección.

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