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    Motos eléctricas: la inscripción es obligatoria para circulación en la vía pública

    La medida establece que los vehículos deberán registrarse para poder transitar legalmente. Apunta a ordenar el uso de estos rodados y garantizar su identificación ante controles. Además, los conductores deben cumplir con las normas de tránsito.

    19 de mayo de 2026 | 08:00
    Todas las motos eléctricas deben inscribirse. Los modelos nuevos en el Registro de la Propiedad del Automotor (Foto: 121PR)
    Todas las motos eléctricas deben inscribirse. Los modelos nuevos en el Registro de la Propiedad del Automotor (Foto: 121PR)

    Dentro de la gama de vehículos eléctricos, cada vez más atractivos en el mercado, los biciclos también comienzan a ganar espacio.

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    Dentro de la variedad, que incluye desde bicicletas, triciclos, monopatines y motos, existen condiciones para circular: deben estar registrados, tributar la patente y el conductor debe cumplir con las normas de tránsito (licencia de conducir, seguro, tarjeta verde y casco).

    Desde 2014 en San Pedro existe una ordenanza que regula la circulación de las denominadas “motos eléctricas, velocípedos ecológicos a pedal y eléctricos, rodados a explosión de baja cilindrada” en todo el partido.

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    Esta recién entró en funcionamiento en 2017, cuando un decreto del Municipio habilitó la inscripción, como así también para aquellas motos que fueron entregadas por las concesionarias sin la documentación reglamentaria en las décadas de los 80 y 90.

    Luego, en 2020, el Gobierno nacional dispuso que las motos eléctricas se inscriban a través del Registro Nacional de Propiedad del Automotor (DNRPA). Por lo tanto, quienes adquieran una de estas características, sin importar el nivel de potencia, deben ajustarse a la disposición.

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    Para ello se necesita contar con el Formulario 01: este es la inscripción inicial (patentamiento) de todo vehículo 0 km, nacional o importado. Este trámite lo gestiona la concesionaria que vendió la moto y se la debe entregar al adquirente para que después gestione en el DNRPA.

    También se debe contar con la factura de compra y el Formulario 12: es la constancia de la Verificación Policial del Automotor (VPA) obligatoria en Argentina para transferir vehículos usados (inscriptos a partir del 2001) o realizar la inscripción inicial. 

    Para ello se solicita un turno a la web https://pagoverificacion.sivef.com.ar/turnero.php?tag=PROVINCIA, se abona el impuesto que lo habilita en el sistema para la verificación y luego se completa el trámite en la oficina de Mitre 1995, en el Polo de Seguridad.

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    En cuanto a los restantes rodados, velocípedos ecológicos a pedal y eléctricos, y rodados a explosión de baja cilindrada,  deben inscribirse en la oficina municipal que funciona en el mismo edificio. También aquellas motos eléctricas adquiridas antes del año 2020.

     

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