Luis Castañarez regresó con su familia
Tal cual reclamaba el pasacalle confeccionado por sus hijos, el policía condenado por el crimen del joven Gonzalo Rojas, fue beneficiado con prisión domiciliaria y volvió ayer a su casa, donde aguardará la decisión del Tribunal de Casación sobre la sentencia que le impuso 18 años de prisión efectiva.
Desde el 18 de agosto, la Defensa, familiares y amigos del policía Luis Castañarez aguardaban una noticia como esta. A pesar de que tras el fallo condenatorio se había negado el pedido de Hábeas Corpus, la Cámara de Garantías en lo Penal de San Nicolás compuesta por los Dres. Alomar, Aramburu y Moreno le otorgó ayer el beneficio de Prisión Domiciliaria al condenado por el asesinato de un menor de edad.
La decisión de la Justicia de penar al policía Luis Castañarez a dieciocho años de prisión de cumplimiento efectivo por el crimen del joven Gonzalo Rojas había divido a la opinión pública por los roles que cumplieron víctima y victimario en la noche del episodio, y la sensación que dejó la excesiva pena impuesta al único imputado en la causa.
Si bien la sentencia todavía no está firme, desde el punto de vista legal no hizo más que ratificar lo que el Tribunal entendió que había sucedido en la fatídica madrugada del 21 de diciembre de 2005, cuando un grupo de policías disparó contra el adolescente que se encontraba sobre el techo de una vivienda, asesinándolo. Los Jueces, tras escuchar los testimonios y alegatos, dieron por tierra con la estrategia elaborada por el Dr. Hugo Lima hijo y castigaron al policía por haber disparado por la espalda a un joven desarmado.
En su momento, la Defensa argumentó ciertas dudas que no fueron disipadas durante las jornadas de juicio, ya que nunca se encontró la bala que provocó la muerte de Rojas ni tampoco se determinó de quién era la sangre que había sobre el techo. “¿Qué hacían dos chicos a las dos de la mañana y caminando por los techos?”, se preguntó la Defensa.
Luis Castañarez permaneció setenta días alojado en el pabellón de sanidad de la Unidad Penal Nº 3 de San Nicolás. Mientras, en nuestra ciudad hubo reclamos y una marcha pidiendo el beneficio de prisión domiciliaria del que había gozado durante la instrucción. Ayer, sobre el cierre de esta edición, familiares y amigos aguardaban en su domicilio para brindarle una calurosa bienvenida a quien consideran fue condenado injustamente.
Revocación y beneficio
Según el abogado de Luis Castañarez fueron los errores hallados en la sentencia los que jugaron a favor del condenado. La Cámara de Garantías restituyó al policía el beneficio del que gozó durante la prisión preventiva. Además, existen serias expectativas en cuanto a su futuro, ya que habría probabilidades de que en pocos meses el Tribunal de Casación se expida sobre la sentencia. “Los mismos errores hallados en la revocación del beneficio, también se los encontró en la sentencia. El tribunal de Casación dará vuelta esta sentencia y la condena será más normal”, opinó el Dr. Lima. “La Cámara de Garantías trató el caso en el día de ayer. Uno de los errores hallados y quizás el más grave fue que no se encontró una posición en el Fiscal. El dueño de toda la acción es el Fiscal y el único que tiene que velar por la persecución de la causa es el Fiscal y el Tribunal actuó sobre un beneficio que el Fiscal no había pedido. Más allá de que después se adhirió a la postura, antes, en el momento del juicio, no lo había hecho y pierde jurisdicción”, dijo el abogado.
Otros de los puntos que ayudaron a Castañarez tuvo que ver con el artículo 371 del código procesal, al que la mayoría de las salas del Tribunal de Casación lo han considerado inconstitucional porque entra en contradicción con una norma donde la duda siempre beneficia al imputado.
El otro punto para destacar es que, hasta que no esté el fallo firme, Castañarez sigue gozando del principio de inocencia, pues no se pierde hasta el dictado de dos fallos. Sumado a que la pena fue “totalmente excesiva”, según la defensa, teniendo en cuenta que a Castañarez “le bajaron la calificación de Homicidio Agravado a Homicidio Simple o Dolo Eventual, ya que la escala en el primero de los casos es de 8 a 25 años, y cuando es Dolo Eventual, donde no hubo intención sino que hubo una representación, tendría que haber sido la menor de la escala, teniendo en cuenta que es una persona sin antecedentes. Entonces, por qué aplicarle una condena de 18 años”, opinó Lima.
La Defensa apeló la sentencia con más argumentos que en el pedido de revocación. Esa sentencia también podría ser modificada porque se habrían hallados otros errores. “Se encontró, por ejemplo, que el Tribunal llegó a la conclusión que no actuó con culpa sino con dolo, es decir que Castañarez tendría que haber tenido alguna intención, algún problema con Rojas cuando en realidad no fue así”, adujo el abogado.
En la Cámara se trataron puntualmente las cuestiones esenciales de la revocación de la libertad, porque los motivos deberían haber sido la violación de algunas de las reglas que se le impusieron. Además, si fue tratado en el Tribunal de Casación es muy probable que se lo modifique y caratule Homicidio Culposo.
“Era un caso de injusticia, cuando Castañarez había concurrido a cumplir con su deber a defender a la comunidad. Acudió a un llamado, subió al techo, asumió el riesgo, pero decir que no era peligroso estar por los techos a las dos de la mañana es una locura. Eso yo también lo hice ver. Pensar que un procedimiento arriba de un techo a las dos de la mañana con dos personas frente a una no es peligrosa no se entiende, ¿Cuál es el peligroso?”, dijo Lima.
Ahora habrá que esperar una nueva instancia, y será el Tribunal Nº 3 de la Sala de Casación –a cargo de los Dres. Violini, Carral y Borinsky– quien tendrá a su cargo la decisión final sobre el destino del policía.