Está absolutamente prohibida la circulación por la calle de estos vehículos. La prohibición se rige de acuerdo a las disposiciones vigentes en el Decreto Nº 40/2007 de la Provincia de Buenos Aires, que impone la existencia de dispositivos y características en los vehículos para autorizar su circulación.
La Dirección de inspección general pone en aviso a los propietarios de cuatriciclos, que son bienes registrables a inscribirse ante el Registro de la Propiedad Automotor; tanto en el certificado de fabricación o de importación, como en el título que expide el Registro, consta la leyenda “Vehículo No Apto para circular en la vía pública” medida que rige bajo la Disposición D.N. Nº 458/2002, en aplicación de la Ley Nacional Nº 24449, Art. 28.
Si tuviese que hacer alguna pregunta de acuerdo a lo referido, consultar en la Dirección de Inspección General (Pellegrini 150, Tel. 425234)
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