Les piden a “los padres del corazón” que devuelvan la menor a sus progenitores biológicos
Es una familia que se había presentado voluntariamente ante un requerimiento de la Unidad Central de Fortalecimiento Familiar, y obtuvo la guarda provisoria de la nena. Los padres biológicos reclaman ahora la tenencia de la menor, pero los papás “postizos” alertan sobre el peligro de que retorne al hogar del que fue retirada por problemas de desnutrición y abandono. Responsabilizan a la UCEFF por los informes sociales que se elevan al Juzgado de Menores. “La culpa es de la burocracia y la inoperancia, pero la que pierde es la nena”, dicen.
“Tenía 9 meses cuando nos la entregó la propia mamá en la UCEFF, pero parecía de cuatro. Le tenía miedo a la luz porque nunca la habían sacado a la calle, y a los juguetes porque nunca había visto uno”, recuerda el matrimonio que lleva adelante una lucha en el Juzgado de Menores de San Nicolás para mantener la guarda de esta menor que hoy tiene tres años de edad.
Los nombres de estos padres y de la nena no se pueden publicar, para respetar la ley. Pero su relato permite conocer cómo continúa el capítulo siguiente de una historia que comenzó hace poco más de dos años, cuando el entonces titular de la UCEFF, solicitó por los medios de comunicación la colaboración de familias para inscribirse en un listado de voluntarios que quisieran tener en guarda a menores en riesgo. La necesidad puntual en ese momento era buscar un hogar sustituto para esta niña que es la menor de ocho hermanitos, algunos de los cuales también habían sido internados en hogares por problemas de desnutrición.
“Llegué ese día a mi casa y mi mujer me dijo que teníamos que hablar de un tema, y me contó que había escuchado en La Radio el caso de la nena. Pensamos si no nos íbamos a arrepentir, pero nos decidimos”, explican.
En principio, el acuerdo con el Juzgado de Menores era que todos los miércoles, los padres biológicos podrían visitarla en su nuevo hogar pero luego se desencadenaron algunos problemas y comenzaron los reclamos. “Nos acusan de que no se la dejamos ver. Pero nosotros nunca le negamos ese derecho; no se la robamos”, dice la familia sustituta. Su argumento principal, es que los verdaderos padres de la nena no están en condiciones de recuperarla por su situación económica y social, y se basan en la condición actual del resto de los hermanitos de la beba. “Tenían seis hijos con ellos pero tres fueron derivados a un hogar de Baradero”, dicen mientras responsabilizan a la UCEFF de conocer el caso pero no informarlo debidamente al Juzgado de Menores que es quien debe resolver. “Hace 12 años que tendrían que haber solucionado este caso porque el mayor de los hijos del matrimonio tiene unos 15 años y se trata de una madre con problemas neurológicos”, agregan.
Unos días atrás, mantuvieron una reunión en el Juzgado nicoleño con los funcionarios que se ocupan de estos casos asistenciales pero la respuesta los indignó. “Todo tiene más protocolo de lo que verdaderamente hacen por la nena. Quieren que ella se vaya reintegrando a la familia, pero nosotros le decimos que lo que hicimos por ella lo van a tirar, es volver para atrás”; dicen.
Cuestión de burocracia
Estos padres que promedian los cuarenta años, tienen otros cuatro hijos de 24, 18, 15 y 12 años. El mayor está casado, pero todos por igual adoran a “la nena”, como la nombran en casa.
“La psicológa nos dice que está bien, pero que puede tener problemas de aprendizaje” que derivarían de su anterior estado de desnutrición, según advierte esta familia.
“En el Juzgado nos advirtieron que no habláramos con la prensa. Pero sentimos que es nuestro único respaldo porque nadie nos escucha, el juez no nos escucha… En el Juzgado se basan sólo en los informes de la UCEFF, pero quién controla lo que hacen las asistentes sociales?”, agregan.
A partir de ahora, la decisión de la justicia es que tanto los padres sustitutos como los biológicos se reúnan en las oficinas de la UCEFF para cumplimentar las visitas, según lo que acuerden los propios profesionales de ese organismo.
“Yo lo único que pido es que piensen en el bienestar de mi hija; que nos dejen criarla hasta que sea más grande para que ella misma pueda decidir con quién quiere vivir… Pero gana siempre la burocracia, y la que pierde es la nena”, explicó el papá “del corazón”.
La intención de esta familia es no bajar los brazos ante tantos obstáculos y sobre todo, hacerse escuchar. Dice que los amigos y vecinos, muchos de los que conocen la situación están dispuestos a apoyarlos y que son capaces de organizar marchas para lograr que la justicia los escuche a ellos. Algo inimaginable hace tres años, cuando concurrieron con la simple idea de ocuparse de una menor en riesgo.
Un tema complejo
La guarda y/o adopción de menores es un tema de mucho cuidado. Así lo advierten los profesionales que están a cargo de intervenir en ellos, y que en forma constante se excusan en la imposibilidad de comentar casos puntuales.
Desde el Juzgado de Menores de San Nicolás, por ejemplo, la respuesta es siempre similar: no se pueden mencionar detalles de causas o expedientes porque involucran a menores, y menos brindar información en forma telefónica.
Por este motivo, es que existe también un gran desconocimiento por parte de las familias que se ofrecen a incorporar un menor a su hogar en forma provisoria o que desean adoptar. En San Pedro, la UCEFF es la encargada de intervenir en los casos de riesgo de menores pero siempre bajo las directivas del Juzgado de Menores. Los responsables confirmaron que la mayoría de las familias que se acercan tienen intenciones de adoptar, pero se les explica que una guarda es diferente y que la intención de la justicia en última instancia es reintegrar a los menores con su familia de origen.
Recalcan que su única competencia es la de elaborar informes para el Juzgado tanto en los casos de guarda provisoria como cuando se acercan interesados en adoptar. Pero esta tarea justamente es la que está siendo ahora cuestionada, al igual que la distancia que existe entre los protagonistas y los jueces o funcionarios que deciden en este tipo de casos que por su misma naturaleza son tan complejos.
La Ley es la ley
La adopción en la Argentina está regulada por la Ley 24.779, que indica dos tipos: Adopción plena y Adopción simple. En el primer caso, se trata de una medida irrevocable porque confiere al adoptado una filiación que sustituye a la de origen, y tiene en la familia del adoptante los mismos derechos y obligaciones del hijo biológico. En la adopción simple, se confiere al adoptado la posición del hijo biológico pero no se crea vínculo de parentesco entre aquel y la familia biológica del adoptante. La legislación establece además, que exista primero una guarda con fines de adopción de un lapso no menor a seis meses, porque recién una vez transcurrido este período se puede iniciar el juicio de adopción.
También reconoce el derecho del adoptado a conocer su identidad biológica, por lo que podrá acceder al expediente de adopción a partir de los dieciocho años.