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    La Opinión tiene autorización de la Corte para edictos, convocatorias, licitaciones y otras publicaciones oficiales

    Tras completar el proceso de registro, este medio puede difundir avisos legales vinculados a licitaciones, convocatorias, citaciones, sucesiones, remates y otras actuaciones judiciales.

    11 de marzo de 2026 | 08:00
    La Corte Suprema firmó la resolución que autoriza a La Opinión.
    La Corte Suprema firmó la resolución que autoriza a La Opinión.|PH: La Opinión

    La Opinión Semanario fue autorizado a publicar edictos del Departamento Judicial San Nicolás luego de completar el proceso de registro correspondiente ante la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires.

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    Así lo estableció el máximo organismo mediante resolución del 19 de febrero de 2026, donde se dispone “la inscripción en el Registro de diarios autorizados para publicar edictos que lleva esta Suprema Corte, del periódico denominado ‘La Opinión Semanario S.R.L.’, con domicilio en calle Liniers 71 de la localidad de San Pedro, en el Departamento Judicial de San Nicolás”, que lleva la firma de la presidente Hilda Kogan.

    autorización corte edictos la opinión
    La resolución de la Corte Suprema.

    A partir de esta disposición, los profesionales del derecho, martilleros y particulares de la región cuentan con una herramienta ágil y eficiente para la publicación de:

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    *Edictos judiciales (sucesorios, remates, posesiones veinteañales).

    *Convocatorias de asambleas y licitaciones.

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    *Publicaciones legales y societarias de carácter oficial.

    Los edictos son avisos legales cuya publicación es ordenada por los jueces cuando alguna de las partes involucradas en una causa no puede ser notificada de manera directa o cuando se busca dar a conocer públicamente el contenido de una resolución judicial.

    Habitualmente, la autoridad judicial dispone que estos avisos se difundan tanto en el Boletín Oficial como en un medio de comunicación de la jurisdicción correspondiente. 

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    Son publicaciones que suelen utilizarse en casos de citaciones, emplazamientos, juicios sucesorios y remates, especialmente cuando se desconoce el domicilio de alguna de las personas involucradas.

    A partir de esta habilitación, La Opinión deja establecida la sección “Edictos Judiciales”.

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