La Justicia liberó al padre Tulio y ordenó profundizar otra línea de investigación
Tras permanecer seis meses detenido, el sacerdote fue excarcelado la semana pasada, luego de que la Cámara de Apelaciones considerara que no hay “mérito suficiente” para mantenerlo preso. El exportero Anselmo Ojeda, por su parte, seguirá con prisión preventiva en la Unidad Penal 3 de San Nicolás. Junto a una preceptora, están imputados por abusos sexuales presuntamente cometidos en el jardín Belén. El fallo de los jueces plantea que hasta el momento no hay elementos firmes contra el cura y pide a Fiscalía que profundice la situación de un familiar de las presuntas víctimas.
La Cámara de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial de San Nicolás dejó en libertad, el jueves pasado, al sacerdote Tulio Matiussi, imputado en la causa que investiga denuncias por abusos sexuales presuntamente cometidos en el jardín Belén.
El cura estuvo seis meses alojado en una celda del Servicio Penitenciario Bonaerense, luego de que el 4 de diciembre pasado fuera detenido en la parroquia San Roque, de la que era responsable, mientras cumplía tareas propias de su labor religiosa.
El juez de Garantías Ricardo Prati había dictado la prisión preventiva para Matiussi y para el exportero Anselmo Ojeda, dos de los tres imputados que tiene la causa –la tercera es una preceptora, para quien no hubo orden de detención– que instruye el fiscal Hernán Granda, de la UFI 8 de Baradero. Los abogados defensores de ambos habían presentado las apelaciones correspondientes y la Cámara se expidió el jueves pasado.
El fallo de los jueces Guillermo Martínez y Eduardo Alomar tiene una relevancia sobresaliente en el marco de esta polémica causa. No sólo porque la resolución estableció la excarcelación de Matiussi pero sostuvo la prisión preventiva de Ojeda, sino porque, en sus votos, los magistrados hicieron una valoración de la prueba colectada hasta el momento por el fiscal y consideraron que en el caso del sacerdote no hay elementos firmes respecto de su responsabilidad en los delitos que se investigan.
Además, uno de los jueces introdujo un tema que recorrió la calle pero que no formaba parte de la investigación y que ahora, a partir de este fallo, se transforma en un elemento que el fiscal Granda está obligado a profundizar: lo sucedido con un familiar de las presuntas víctimas en el propio jardín y que quedó asentado en un acta de la institución, un hecho relacionado con un juego con connotaciones sexuales que el juez Martínez decidió ponderar como relevante para el caso.
La resolución de Cámara hace una distinción respecto de la situación de cada uno. Para ello, tuvieron en cuenta los hechos denunciados, los testimonios recogidos, las versiones que dieron los chicos en sus relatos en cámara Gesell y los resultados de las pericias ordenadas.
Los elementos que obran en el expediente les permiten, por ejemplo, afirmar que, por el vínculo de Anselmo Ojeda con el jardín, podría haber un viso más de responsabilidad de su parte en los hechos investigados.
En el caso del exportero, la decisión de mantenerlo detenido bajo prisión preventiva obedece a la existencia de suficiente verificación de la imputación y la necesidad de garantizar el cumplimiento de los fines del proceso. Es decir que hay presupuestos que permiten suponer que podría intentar eludir la acción de la Justicia.
En su voto, el juez Martínez hace un análisis respecto de la situación de Tulio Matiussi y hace una valoración de la prueba, sin restarle credibilidad a lo que dicen los chicos, a los que se les da cierta entidad, pero tiene en cuenta algunos aspectos extra, como la declaración del propio imputado respecto de que al jardín sólo iba por cuestiones administrativas, lo que ratificaron testigos. Además, la pericia arquitectónica estableció que la puerta que conectaba la institución educativa está cerrada por lo menos desde hace dos años.
El juez Martínez indica que no se advierte la necesaria y suficiente corroboración o verificación de las situaciones de imputación endilgadas al cura ni el “indicio de oportunidad propio” para que ocurran. Para él, lo que hay hoy en el expediente no permite inferir probables sospechas y arrojan fuertes dudas respecto de la presunta participación del sacerdote.
La Cámara de Apelaciones consideró que no hay, como pide el Código Procesal Penal para mantener detenida a una persona durante el trámite que lleva al juicio oral, “elementos de convicción suficiente o indicios vehementes la comisión de un delito y motivos bastantes para sospechar” que el imputado “ha participado en su comisión”.
Lo que aparece, dice Martínez en su voto, es una “falta de presunta certeza o seria duda generada” que le impide acordar con la decisión de Prati, por lo que decidió revocarla.
Por su parte, el juez Alomar consideró que Granda no logró, todavía, en su investigación, elementos que permitan constituir probabilidad de que el sacerdote haya cometido los delitos denunciados.
Señala, en ese sentido, que la causa carece de pruebas suficientes como para sostener debida y legalmente que Matiussi haya sido probable autor o partícipe, por lo que en esta etapa del proceso no correspondería mantenerlo detenido.
Todo ello, claro, sin perjuicio de que en lo que resta de la investigación –Granda pidió seis meses de prórroga para elevar la causa a juicio– aparezcan elementos que despejen la incertidumbre actual. Así las cosas, Tulio Matiussi permanecerá en libertad y lo más probable es que en ese estado llegue al día del debate oral y público en el que el Tribunal se expedirá sobre su inocencia o culpabilidad.
El jueves, alrededor de las 16.00, unas seis horas después de que le comunicaran informalmente la decisión de la Justica, el sacerdote dejó la celda en la que estaba alojado en la Unidad Penal 3 de San Nicolás.
Salió de la cárcel con destino a una vivienda propiedad del Obispado, donde permanecerá “por un tiempo, hasta que decida cómo va a seguir su vida”, según explicaron personas que estuvieron con él hasta el momento en que se fue de la cárcel.
“Estaba muy contento, recibió mucho respaldo en las redes sociales”, aseguraron las mismas fuentes. El miércoles 1 de Mayo, en la víspera de la resolución judicial, la cadena de oración fue intensa en la ciudad para pedir que la Justicia lo excarcelara.
La pista intrafamiliar
En su voto, el juez Guillermo Martínez dejó asentado que corresponde al fiscal Hernán Granda profundizar la investigación respecto de una situación que se vivió en el jardín Belén en septiembre de 2017, un mes antes de la denuncia, con un familiar de niños que aparecen como víctimas de los delitos denunciados penalmente.
El juez advirtió que ese hecho está registrado en un acta de la institución educativa y que provocó la activación de lo que se denomina protocolo de sucesos irregulares.
La directora del jardín Belén, Silvina Basante, y otra docente del establecimiento expusieron en su declaración testimonial un relato similar respecto a lo que pasó ese 15 de septiembre de 2017, aunque en aquel momento ese episodio no fue denunciado fuera del ámbito de la institución ni comprende al resto de las presuntas víctimas.
El personal observó “con asombro” que el hombre se arrojó al piso y que un alumno se colocó sobre sus partes íntimas, por lo que le solicitaron de inmediato que se sentara en una silla.
Para el camarista, este episodio introduce mayor incertidumbre respecto de la relación del sacerdote en los hechos denunciados, por lo que entiende que le corresponde a la Fiscalía profundizar esa línea de investigación.