La Justicia declaró “inválido” el sorteo de las 84 viviendas: dictó una cautelar a favor de Arcor
El juzgado Contencioso Administrativo hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, que fue a la Justicia para hacer cumplir la ordenanza mediante la que donó las tierras donde se construyen esas casas, con cargo para la reubicación de familias de Bajo Puerto. La jueza suspendió los efectos del decreto con el listado de participantes del sorteo, por lo que la preadjudicación a quienes resultaron beneficiarios en Independencia deviene inválida para la Justicia. El Gobierno ya fue notificado del fallo.
Un fallo de la Justicia dispuso la invalidez del sorteo de las 84 viviendas que se construyen en el barrio Villa Depietri, luego de que la empresa Arcor fuera al Contencioso Administrativo a plantear la vigencia de la ordenanza mediante la que donó los terrenos para relocalizar familias del Bajo Puerto.
La medida cautelar dictada por la jueza María Isabel Fulgheri favorece a la firma, que solicitó que la Municipalidad “se abstenga de seguir adelante con los procedimientos del sorteo, adjudicación indiscriminada y/o entrega” de esas viviendas.
Esto implica que para la Justicia el sorteo que se hizo en el club Independencia y que preadjudicó las viviendas a 84 familias no tiene validez legal alguna, por lo que el Gobierno deberá definir pasos a seguir, teniendo en cuenta la expectativa generada en quienes resultaron beneficiarios en aquella emotiva jornada.
La resolución judicial fue dictada mientras se analiza la cuestión de fondo, que tiene que ver con el planteo de Arcor respecto de que las unidades habitacionales que se construyan en esa tierra deben ser destinadas al plan original de relocalización de familias del Bajo Puerto, algo sobre lo que la Justicia no se expidió y cuyo trámite llevará tiempo.
Pero mientras tanto, la jueza resolvió “hacer lugar a la medida cautelar autónoma y disponer la suspensión de la ejecución del Decreto 293/2023 por no estar publicado en el Boletín Oficial de la Municipalidad www.sanpedro.net.ar), y de haberse efectuado el sorteo, el mismo deviene inválido”.
Fulgheri advirtió en su fallo que el decreto que autoriza el listado para el sorteo no fue publicado en el Boletín Oficial y que como “los actos de la administración municipal no producen efectos en tanto no sean publicados legalmente”, el sorteo que se hizo en base a ese instrumento administrativo “deviene inválido porque para ejecutarse el acto administrativo denominado Decreto 293/2023, debió cumplirse previamente con su publicación”.
En efecto, la Ley Orgánica de las Municipalidades obliga al Estado local a “confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal” y confeccionarlo “como mínimo una vez por mes” para ponerlo “en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en los lugares de acceso público, que al efecto se determine” así como “en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones”.
“De haberse efectuado el sorteo, el mismo deviene inválido”
dice el fallo de Fulgheri.
La jueza advierte que, “sin que ello implique adelantar opinión fondal”, es decir sin expedirse sobre si corresponde o no el planteo de Arcor sobre a quiénes debería esar destinado ese plan de viviendas, es necesario, ante el decreto del listado para el sorteo, “disponer la suspensión de su ejecución” porque “autoriza un listado definitivo de personas participantes en el sorteo público de viviendas llamado Plan 84 Viviendas Barrio Dipietri que, preliminarmente, devendría en colisión con normativa municipal antecedente (Ordenanza 5422/2004) y con la escritura N° 12173”.
El Gobierno anunció, desde el primer día en el que fue confirmado que se construirían 84 viviendas en ese terreno, que la adjudicación a los 84 familias beneficiarias sería por sorteo. Arcor envió cartas documento para reclamar la vigencia de la ordenanza mediante la que donó esas tierras.
El entonces director de Asesoría Letrada municipal, Ricardo Uguet, “respondió negando de manera genérica los hechos, sin otorgarle tratamiento a su presentación y sin generar una resolución o acto administrativo fundado; por el contrario, intimó a su representada a cesar en dicho reclamo”, señaló la empresa en su presentación judicial.
A pesar de las advertencias de Arcor, de la preocupación de la oposición —Donatti señaló que podríamos estar “ante una situación legal muy compleja— y de la letra fría de la ordenanza, que hasta dice que “para el supuesto del incumplimiento” Arcor “podrá revocar la donación y exigir la devolución del terreno”, el Municipion siguió adelante con el plan.
No sólo eso: el secretario de Obras, Infraestructura y Planeamiento, Javier Silva, les dijo a los concejales oficialistas que no había nada de qué preocuparse, que “el cargo ya fue cumplido”, que él se “le paró de manos” a Arcor y que la empresa se llevaría “un susto”.
Arcor le planteó a la Justicia que el sorteo “está ocasionando todo tipo de responsabilidades, perjuicios irreparables y/o de muy dificultosa reparación posterior, tanto para las personas sorteadas irregularmente, para las que tienen derecho a esas viviendas, como también para la parte actora y la comunidad en general, al incumplir la ordenanza y el cargo impuestos en la donación”.
En la solicitud de la medida cautelar que el juzgado en lo Cotencioso Administrativo Nº 1 de San Nicolás hizo lugar, la emprsa señaló que no peticiona la paralización de la obra si no la preadjudicación, adjudicación a las familias sorteadas, que es lo que resolvió la jueza.
“De no dictarse la medida judicial peticionada, se podrían adjudicar ilegítimamente las viviendas a personas que por las normas citadas no tendrían derechos, generándose expectativas en ellas y ocasionando que posteriormente pudieran ser desalojadas, por la demanda de cumplimiento de la obligación legal y/o cargo, o por la revocación de la donación del inmueble, ocasionando daños irreparables o de dificultosa y costosa reparación ulterior, para todas las partes involucradas”, se lee en el fallo.
El Gobierno había anunciado antes del sorteo que la construcción podría estar finalizada para los últimos días de junio o los primeros de julio, fecha en la que podrían proceder a la entrega de las llaves a las familias beneficiadas en el sorteo. La resolución judicial cambia el panorama y pone todo en duda.
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