La defensa de Fernando Espíndola sostiene que el paso del tiempo lo favorece
El abogado Mauricio Gugger elevó un planteo de sobreseimiento por prescripción, ya que considera que la acción penal contra el concejal suplente y sindicalista de Camioneros está extinguida porque entre los hechos y las denuncias pasaron 28 años. A la acusación de Cintia Espíndola se sumó la de su hermana Sonia, que dejó asentado en fiscalía que también fue víctima de abuso sexual por parte del dirigente cuando eran chicos.
El concejal suplente y sindicalista de Camioneros Fernando Espíndola presentó ante la Justicia, a través de su abogado, Mauricio Gugger, una solicitud de sobreseimiento por prescripción en la causa por abuso sexual con acceso carnal que lo tiene como imputado.
La semana pasada, la denunciante, Cintia Espíndola, sobrina del acusado, ratificó en todos sus términos la acusación en la que señala que el dirigente abusó de ella entre sus 7 y 13 años –ahora tiene 41– cuando convivían en la casa de los padres de él, sus abuelos paternos.
A esa denuncia se sumó la de su hermana Sonia, que el viernes declaró ante el fiscal Manso y dijo que ella también fue víctima de abuso sexual. “Mi hermano se quitó la vida a causa de los abusos de Fernando”, aseguró Cintia Espíndola ante la prensa ese día, en el que se cumplieron 27 años de esa muerte.
“Las va a pagar, si hay justicia”, dijo la mujer, que llevaba en la ropa una foto del fallecido Sebastián Espíndola y, aseguró que un cuarto hermano también haría una denuncia similar en los próximos días.
“Esto tiene que tener un límite, porque el abusador es un enfermo para la sociedad y no puede continuar, tiene que haber una condena para todo esto. Se tiene que terminar, no puede haber una persona de estas características libre”, reclamó.
Ese día, durante las declaraciones, estuvo presente el abogado Mauricio Gugger, que representa al acusado. En su defensa, presentó un escrito formal con un planteo que, todo indica, tendrá respuesta favorable en la Justicia: pasó demasiado tiempo y la acción penal está extinguida.
Gugger pidió la “excepción de previo y especial pronunciamiento por falta de acción”, el sobreseimiento de Espíndola y el cese de las medidas de prueba para la causa. Dejó asentado que el concejal y sindicalista se enteró por los medios de la denuncia.
Su planteo se fundamenta en que los hechos denunciados dejaron de ocurrir hace 28 años, por lo que, de acuerdo a los plazos del Código Penal, la acción penal quedó extinguida por el paso del tiempo sin que se denunciara y se instara una investigación.
El abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo tiene una pena que va de los ocho a los 20 años de prisión. Es decir que ya pasó, incluso, el tiempo de duración de la eventual condena que podría caberle.
“La acción penal intentada es una maniobra que responde a conflictos familiares de vieja data, además, mi defendido es una persona pública, a la que intentaron dañar su buen nombre y honor, y sin dudas lo han hecho, ya que toda la ciudad de San Pedro, a la fecha, lo apunta con el dedo acusador”, señaló el abogado en su escrito.
Gugger sostuvo que Espíndola “es inocente del delito que intentan endilgarle”, pero aún así interpuso la solicitud de prescripción, que no absuelve ni condena: sólo declara que el delito no puede ser penado porque el paso del tiempo extinguió esa posibilidad.
El instituto de la prescripción es de orden público: es decir que aun si el imputado no lo solicitara, el juez está obligado a tenerlo en cuenta antes de proceder a permitir el avance del proceso.
Los manuales de Derecho coinciden en recordar que cuando opera la prescripción no desaparece el delito sino el derecho del Estado a buscar o ejecutar una pena. Los hechos, si sucedieron, son imborrables, aunque ya no se puedan castigar.
Cuestión de competencia
La solicitud de Fernando Espíndola para que la causa en su contra sea archivada por prescripción a raíz del paso del tiempo deberá esperar una resolución previa: la competencia.
Esto es: dónde debe tramitar el expediente, ya que la denuncia radicada en la Comisaría de la Mujer recayó en la Fiscalía 5, de Marcelo Manso, que tras tomar declaraciones deberá remitir el expediente para que la Justicia defina si es él quien debe seguir investigando o el caso debe pasar al fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, de menores.
Es que hay un punto que debe tenerse en cuenta: Cintia Espíndola dijo que tenía 7 años cuando comenzaron los hechos de abuso que denunció. Su tío, el concejal suplente del Frente Renovador y sindicalista de Camioneros Fernando Espíndola es nueve años mayor que ella. Es decir que en ese momento era menor de edad, por lo que le correspondería al fuero juvenil.
Nadie dice nada
Durante la primera sesión ordinaria del año el Concejo Deliberante no tuvo expresión alguna por parte de sus miembros respecto de la situación que atraviesa Fernando Espíndola.
La semana pasada Mónica Otero dijo que no correspondía una expresión oficial del cuerpo porque “hoy no es miembro del HCD”, ya que es suplente. Su compañero de bloque, José Luis Tirelli, dijo que “es una cosa muy personal”, y Ramanzini, en tanto, no respondió nunca la consulta de este medio.
En sesión, la concejala Florencia Sánchez, que había considerado que todo era “un horror”, pidió la palabra para hablar sobre la extemporánea declaración de interés municipal de las actividades por el #8M, Día Internacional de la Mujer Trabajadora, que trataba el HCD durante la sesión y que fue aprobado por unanimidad.
También hablaron en ese marco las edilas Soledad Llull, de Unidad Ciudadana, y Elisa Ferraro, de la UCR en Cambiemos. Ninguna de las tres hizo referencia al tema en sus alocuciones durante el tratamiento del expediente en sesión