Infracción mata billetera
Desde ahora, las multas costarán entre 150 y 4.000 pesos. La recaudación se distribuirá entre Municipios y Provincia, según dónde y quién haga la boleta. Cruzar un semáforo en rojo costará $ 900.
En agosto del año en curso, el Gobernador Scioli firmó el decreto 532/09 que reglamenta la Ley Provincial de Tránsito (13.927) que adhiere a la norma nacional. La intención es unificar criterios respecto de las sanciones por cometer infracciones en la circulación vial. La modificación del cuadro tarifario tiende a atacar los bolsillos de los infractores, con el objetivo de que se reduzcan las situaciones de infracción que pueden redundar en accidentes.
La ley y su escala tarifaria rige en todo el territorio de la Provincia. Hasta la sanción de la nueva ley, los Municipios aplicaban distintas normas para sancionar a los infractores. A partir de ahora, todo estará bajo el imperio de la nueva normativa, que además crea un Registro Único de Infractores, el paso previo a la aplicación del sistema de scoring, en el cual cada conductor tendrá un puntaje que irá disminuyendo a medida que cometa infracciones y ya se aplica en Capital Federal.
La multas en nafta
Hasta ahora, las multas se medían en pesos, con sumas fijas para algunos casos y cálculos según salarios mínimos de empleados municipales en otras. Desde la sanción de la nueva ley, los montos a cobrar por las infracciones se calcularán por Unidades Funcionales (UF), que para el caso es el precio de la nafta de mayor octanaje, unos $ 3.30 promedio.
Así, cada ítem del listado de infracciones posibles a las reglas de buena conducta vial le corresponderá una cantidad de UF, es decir de litros de nafta. El nuevo cuadro tarifario quedará confeccionado, en pesos promedio, de la siguiente manera: conducir sin licencia, desde $ 960 a $ 3.200.
Conducir con licencia vencida, dentro del lapso de seis meses, de $ 160 a $ 320. Circular sin portar la licencia costará entre $ 160 y $ 320.
Tener la cédula verde vencida impondrá una multa de $ 320. No llevar el comprobante de seguro al día significará entre $ 960 y $ 3.200. Los conductores de motos y ciclomotores que no lleven casco serán penados con multas que van desde $ 160 a $ 320, el mismo monto por no usar cinturones de seguridad. Cruzar semáforo en rojo puede costar entre $ 960 y $ 3.200.
Estacionar mal (en doble fila, en sectores señalizados como prohibidos, etc.) será pasible de una multa de entre $ 160 y $ 320. Una de las más caras es, por supuesto, la multa que deberá pagar quien conduzca habiendo bebido mayor cantidad de alcohol de la permitida, que será de entre $ 960 y $ 3.200. Quien se niegue a la prueba de alcoholemia, podrá ser sancionado con multas de entre $ 1.600 y $ 3.900.
Existe la posibilidad, además, de que Inspección proceda al secuestro del vehículo. Una vez comprobada la falta e impuesta la pena, en el caso de que no se pague la multa, quedará el antecedente en el Registro Único de Infractores de toda la provincia de Buenos Aires y generará problemas a la hora de renovar el carnet, cosa que no podrá hacer quien tenga una deuda. De todas maneras, se mantendrá la bonificación del 50 por ciento del monto para quienes se presenten voluntariamente a pagar.
Fondos para todos
La recaudación es parte de la nueva ley, como no podía ser de otra manera en una provincia cuyo déficit obliga a generar formas de sumar números al presupuesto. Si hasta ahora lo que se cobraba por infracciones de tránsito quedaba en las arcas municipales, desde la sanción de la nueva ley y la aplicación del nuevo cuadro tarifario la Provincia también tendrá parte de lo que paguen los infractores.
Si la infracción es cometida en la zona urbana y quien la constata y labra el acta es autoridad municipal –Inspectores de la Dirección de Inspección General, a la sazón, “patrulla preventiva” local–, el monto de la multa queda en su totalidad en las arcas municipales.
Si dentro de la ciudad esa infracción es constatada por autoridades provinciales –policía vial o policía de tránsito, que en San Pedro no hay– la recaudación se dividirá en partes iguales entre Municipio y Provincia. Si la multa es fuera del casco urbano y la realizan autoridades provinciales, el dinero va al Estado provincial.
La Justicia de Faltas
Los Jueces de Faltas municipales deciden qué valores se aplican, sobre la base de la escala que fija la reglamentación, de acuerdo a la situación particular y los antecedentes del conductor. El propio Juez puede, además, inhabilitar al conductor retirándole la licencia y secuestrar el vehículo, en casos que así lo ameriten.
La nueva ley crea una Justicia de Faltas Provinciales, organismos que dependen directamente del Ministerio de Seguridad, donde serán tramitadas las multas que realice policía vial y cuyo monto irá en su totalidad para el Estado provincial
La nueva ley generó dudas entre los Jueces de Faltas de la provincia, quienes tuvieron intensas reuniones en los últimos meses con el fin de elaborar un documento que sentara su posición respecto a la situación que plantea la aplicación de la nueva normativa.
Apenas Scioli firmó el decreto de reglamentación, los Jueces de Faltas se reunieron en La Plata para debatir sobre la ley, a la que consideran de “dudosa constitucionalidad”, según una carta girada en agosto pasado por la Asociación de Jueces Municipales de Faltas de la provincia, cuyo Presidente es Carlos Rey.
En abril hubo una reunión de dos días, donde se debatieron los puntos que luego fueron trabajados en agosto. En la web faltasbaires.com.ar, donde publican información, los Jueces de la provincia dejaron sentada su posición ante la norma en un documento que firman las autoridades de la Asociación y a la que adhieren 53 de los 134 distritos municipales de la provincia, entre ellos San Pedro.
“El conjunto de la Ley 13.927 con su Decreto Reglamentario constituye un retroceso en el objetivo manifiesto de disminuir el costo humano. Entendemos que la vigencia e incidencia de las normas en debate sólo pueden conducir a una mayor judicialización de los casos contravencionales, incrementando el ya sobresaturado trabajo de la Justicia Ordinaria, y con resultados negativos respecto del fin perseguido”, dice el documento.
Los letrados denuncian que la creación de la Justicia Provincial de Infracciones de Tránsito es un órgano sin independencia del Poder Ejecutivo –funciona en la órbita del Ministerio de Seguridad–, en el que se reúnen las facultades de labrar infracciones, juzgar, sancionar y ejecutar las penas.
Por otra parte, algunos allegados a la Justicia de Faltas en distritos importantes de la provincia consideran que el funcionamiento estadístico de la actuación de la policía bonaerense puede redundar en “multas forzadas o directamente truchas”, además uno de los asistentes a los debates entre Jueces de Faltas consideró que “cuando se aplique el scoring, puede que le quiten el carnet a una gran cantidad de choferes profesionales que jamás cometieron las infracciones, porque hay que cumplir con las estadísticas”. Una verdadera muestra de lo que un Juez piensa de los funcionarios que son sus auxiliares en el área primaria de la infracción. Los Jueces de Faltas, además, aseveraron en sus encuentros que la normativa “pone en riesgo la integridad física” de quienes tiene que aplicar las sanciones y que la ley “no es conducente a la seguridad vial” y “sólo tiene fines recaudatorios”. Lo que no dicen es cómo y cuándo se decidirán a la saludable tarea de trabajar para sancionar sin miramientos las conductas que ponen en riesgo la vida de los ciudadanos.
El extraño mundo de Daniel II
Las contradicciones de Scioli en materia de gestión de la provincia más grande del país se repiten en una multiplicidad de temas. Como La Opinión publicó en su edición 914 bajo el título “El extraño mundo de Daniel”, mientras se lanzaba una tarjeta de asistencia social para cada niño bonaerense nacido desde octubre y que cobrará 100 pesos mensuales hasta que cumpla seis años, los centros de día como el Hogar Gomendio y otras entidades de ese tipo reclaman la falta de cumplimiento en los pagos comprometidos por el Gobierno provincial.
De la misma manera, la nueva ley de tránsito que encarece de manera importante las multas a infracciones y que implicará un proceso de control férreo que llevará a labrar importante cantidad de actas –que redundarán en mayor recaudación para la Provincia– fue sancionada por un gobierno cuyo jefe máximo, Daniel Scioli, anuló mediante decreto del 29 de mayo de este año, un mes antes de las elecciones y en plena campaña, 1.200.000 (sí, un millón doscientas mil) multas labradas durante el verano en las rutas 2 y 11 a partir de la instalación de 120 radares para detectar excesos de velocidad –multas de 240 pesos mínimo– que constataron un 80 por ciento de conductores en infracción de los que circularon por esas rutas rumbo a destinos turísticos. Una vergüenza.
El “cuatri” en San Pedro
Un proyecto de ordenanza presentado la semana pasada y que pasó a las comisiones correspondientes para su análisis prevé la autorización para circular en la ciudad de los cuatriciclos motorizados.
Unos meses atrás, el Municipio había hecho público que estaba prohibido utilizar estos vehículos, en la medida en que no están contemplados en la Ley Provincial de Tránsito, ya que al estar exceptuados de la Licencia para Configuración de Modelo, no tienen V.I.N. (Número de Identificación de Vehículo, por sus siglas en inglés) y para circular deben cumplimentar el trámite correspondiente.
La Municipalidad decidió legislar sobre los cuatriciclos y presentó un proyecto de ordenanza que habilitará la circulación en la ciudad, exceptuando el radio comprendido por las calles Almirante Brown, Boulevard Paraná, Almafuerte, 3 de Febrero, Boulevard Moreno y Miguel Porta, es decir, el centro de la ciudad.
El proyecto prevé que los cuatriciclos deben tener título del vehículo y patente colocada, por lo que los dueños de cuatriciclos deberán iniciar por su cuenta el trámite para obtener la Licencia de Configuración de Modelo, que no viene de fábrica.