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    Humo libre

    A casi un año de la sanción de la ordenanza que prohíbe fumar en lugares cerrados y con el plazo para acondicionar los espacios vencido, el humo de tabaco sigue circulando libre por aquellos lugares donde la norma lo impide. En la Municipalidad no saben quién tiene que controlar su cumplimiento y no lanzaron las campañas y programas que obliga el texto.

    26 de agosto de 2009 - 03:00
    Humo libre

    En septiembre de 2008, el Concejo Deliberante decidió que era hora de que San Pedro se sumara a la tendencia mundial acerca de la prohibición de fumar en espacios cerrados. La ordenanza 5.762 prohíbe fumar y sostener tabaco encendido en lugares públicos y privados con concurrencia. La normativa preveía seis meses para que los comercios y dependencias públicas acataran la prohibición. Eso fue en marzo. Hoy, en agosto, el humo de tabaco circula libremente en los espacios cerrados de la ciudad.
    En los edificios públicos, para dar el ejemplo, hay una extendida aceptación, aunque a regañadientes, de la norma. Se nota en los pasillos de la Municipalidad, en las salas de profesores de las escuelas. No así en algunas oficinas internas, donde el olor a pucho invade al visitante ni bien pone un pie en esos lugares.

    Zona fumera
    En los comercios de la ciudad con atención al público ya se puede disfrutar del ambiente libre de humo. Por supuesto, esto no se extiende a los bares, restaurantes y boliches, que tenían un artículo especial que a casi un año de la sanción de la ordenanza y cuatro meses después del tiempo estipulado para poner en marcha las condiciones que se ajusten al texto de la regulación aún no modificaron nada.
    El artículo 3, en su inciso C, hace referencia a este tipo de comercios: “Se admitirá la habilitación de zonas específicas destinadas a fumar en restaurantes, bares, confiterías y casas de lunch que tengan una superficie útil igual o superior a cuarenta metros cuadrados para la atención al público, de los que se podrán destinar como máximo el cuarenta por ciento para las personas fumadoras”. También exceptúa de la norma a “grandes espacios comerciales o paseos de compra cerrados” y “locales bailables en los que no se permita el acceso a personas menores de dieciocho años”.
    A su vez, obliga a los bares y restaurantes a señalizar y separar estructuralmente el espacio destinado a los fumadores y disponer elementos de purificación del aire.
    Hasta el momento, pocos son los bares de la ciudad que acataron la norma. Algunos decidieron no disponer espacios para quienes fuman; otros destinaron un lugar, pero no lo separaron del resto ni instalaron sistemas de purificación; y muchos siguen trabajando como si la reglamentación no existiera.

    ¿Quién controla?
    En la Municipalidad, aún no saben quién debe controlar. Desde Inspección General admitieron sus dudas respecto de si les corresponde a ellos o a Subsecretaría de Salud. “Se hicieron calcomanías en el Concejo Deliberante que distribuimos nosotros”, dijeron desde el área que, por lo pronto, aún comanda Domingo Bronce. “Para que esto funcione hay que esperar que la gente se habitúe”, opinaron desde esa dependencia municipal.
    Las multas previstas van desde los 200 a los 800 pesos y serán del doble si en el lugar hay embarazadas o menores. Tres multas implicarán la clausura de treinta días. De cualquier manera, “la parte económica de los comercios no anda bien y hay que sugerir que se cumpla, pero dándoles la posibilidad de que se acomoden”, argumentó una autoridad municipal que parece no recordar que el plazo venció en marzo pasado.

    Programas educativos
    El Ejecutivo, además del control sobre el cumplimiento, tiene otras obligaciones que se desprenden de la ordenanza y que, al igual que los controles, pasaron “a cuarto intermedio” con el argumento de la emergencia sanitaria. Campañas en colegios y medios de comunicación, programas de rehabilitación voluntaria para fumadores que deseen dejar el hábito, difusión de patologías vinculadas al tabaquismo, estímulo a las nuevas generaciones y creación de conciencia social sobre los derechos que asisten a quienes no fuman son algunas de las responsabilidades que el Municipio aún no asumió.
    Los comercios no acatan, las autoridades no controlan ni desarrollan las tareas que les corresponde según la normativa. Los considerandos de la ordenanza abarcan más de 6.000 caracteres escritos —un tercio más que esta nota— y hacen referencia a la Constitución, leyes provinciales, estudios científicos médicos internacionales, obligaciones municipales que se desprenden de la Ley Orgánica, entre otras cientos de palabras que —como en tantas otras ordenanzas— no son más que adornos en el blanco del papel donde fueron escritas.

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