El Municipio no deberá pagarle indemnización a la enfermera del caso Aldana Correa
La Cámara de Apelaciones revirtió el fallo de primera instancia que condenaba al Estado local a pagarle los salarios caídos desde 2010 a 2015, momento en el que Elisa Carmen Umeres fue despedida, tras la larga sucesión de medidas judiciales y administrativas relacionadas con la muerte de la pequeña Aldana en 1998, cuando la enfermera le aplicó una inyección con una medicación equivocada.
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El caso Aldana Correa, la niña que falleció el 3 de junio de 1998 en el Hospital cuando le aplicaron una inyección con medicación equivocada, todavía sigue produciendo novedades judiciales. A casi 20 años, un nuevo fallo de la Justicia echó por tierra el reclamo económico de la enfermera Elisa Carmen Umeres, responsable de la situación. La Cámara en lo Contencioso Administrativo dio a conocer la semana pasada que determinó que la enfermera del caso no tiene derecho a ningún tipo de resarcimiento económico, tal como pretendía.
El fallo de la Jueza Fulghieri señalaba que el Municipio no había cumplido con los pasos correspondientes del sumario administrativo luego de que en febrero de 2010 la Justicia Civil condenara al Estado local a indemnizar a la familia Correa, por lo que dispuso que Umeres cobrara los salarios caídos desde esa fecha hasta el cierre del sumario, hecho que se produjo en 2015, cuando se firmó la cesantía.
Sin embargo, la Cámara consideró que no corresponde pagar ese reclamo –que con intereses y actualización monetaria ascendería a aproximadamente un millón de pesos–, luego de atender los fundamentos de la apelación presentada por el Director de Asesoría Letrada José Ignacio Macchia.
