Guacone vetó los considerandos que lo calificaban de Incompetente
En la mañana de hoy el Intendente Municipal Pablo Guacone vetó los considerandos de la Ordenanza Nº 5912 que lo calificaba de incompetente.
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En la mañana de hoy el Intendente Municipal Pablo Guacone envió una nota al Presidente del HCD Sergio Rosa informando sobre una medida adoptada luego de la presentación de un proyecto de ordenanza.
“Por la presente me dirijo a Ud. y a los demás miembros de ese Honorable Cuerpo, a los efectos de elevarle Decreto Nº 0660/10, por medio del cual se veta parcialmente la Ordenanza Nº 5912, sancionada el día 16 de noviembre de 2010”, dice el texto. El veto incluye a todos los considerandos de la ordenanza.
CONSIDERANDO:
Que el segundo párrafo del artículo 3º y el segundo párrafo del artículo 4º de la ordenanza en cuestión, ordenan partidas especiales para la realización de obras dentro del Presupuesto de Gastos del Departamento Ejecutivo para el año 2011.
Que dicha facultad es exclusiva y privativa del Departamento Ejecutivo, y extraña a la órbita de incumbencia del Honorable Concejo Deliberante.
Que el segundo párrafo del artículo 6º de la ordenanza citada, impone al Departamento Ejecutivo la adquisición de una ambulancia dentro de los ejercicios 2011-2012 para que permanezca en la localidad de Vuelta de Obligado.
Que dicha imposición se traduce en una intromisión del deliberativo en las partidas presupuestarias del ejecutivo.
Que el artículo 8º de dicha Ordenanza manifiesta que “los considerandos forman parte integrante de la presente” .
Que los considerandos de una ordenanza no forman parte del dispositivo normativo, siendo su objetivo el de contribuir a la compresión del proyecto, legitimarlo y fundarlo adecuadamente para facilitar su discusión técnica.
Que al margen de ello, en dichos considerandos se efectúan manifestaciones agraviantes hacia el titular del Poder Ejecutivo local que ninguna relación tienen con el articulado de la norma en cuestión.
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN PEDRO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Art. 1º.- Vetase en tiempo y forma el segundo párrafo del artículo 3º de la Ordenanza Nº 5912.-
Art. 2º.- Vetase en tiempo y forma el segundo párrafo del artículo 4º de la Ordenanza Nº 5912.-
Art. 3º.- Vetase en tiempo y forma el segundo párrafo del artículo 6º de la Ordenanza Nº 5912.-
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Art. 4º.- Vetase en tiempo y forma el artículo 8º de la Ordenanza Nº 5912.-
Art. 5º.- Promúlguese los artículos 1º, 2º, 3º primer párrafo, 4º primer párrafo, 5º, 6º primer párrafo y 7º de la Ordenanza Nº 5912.-
Art. 6º.- Notifíquese el presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-
Art. 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Oficial y archívese.-
