Fallo a favor de ACTUR y la Municipalidad
Es por la muerte de un menor de 12 años en 1999. El fallo en primera instancia favorece a ACTUR y la Municipalidad.
El Martes se conoció una determinación de la Justicia que beneficia a una de las partes involucradas en tal cuestión. Tiene que ver con un juicio trazado por la familia de un menor de 12 años que en Noviembre de 1999 apareció ahogado en aguas del riacho San Pedro.
La asesora legal de ACTUR, la Dra. Mirta Cardozo, fue quien confirmó la determinación. “El Juez falló en primera instancia a favor de la entidad turística y la Municipalidad”, aseguró la abogada. Una de las partes interesadas apeló la decisión, pero la Cámara confirmó el fallo y la Suprema Corte lo ratificó.
Puntualmente se trata de una causa legal iniciada por la madre de la víctima, quien aseguró que el niño ingresó por el predio de ACTUR y que se había ahogado allí. La Justicia entendió que esto no era así, ya que la Asociación cuenta con un piletón que es el único lugar habilitado para bañarse. “Todo lo que suceda fuera del piletón ya no es responsabilidad de ACTUR, el riacho esta alejado del lugar”, aseguró Cardozo.
“ACTUR nunca utilizó las aguas del riacho como playa”, explicaron. La demanda era por una cifra cercana a los 200 mil pesos pero no prosperó. El desafortunado niño, oriundo de nuestra ciudad, jugaba en el riacho junto a otro chico, y en un determinado momento comenzó a hundirse. Una persona que se hallaba en el Paseo Público advirtió lo que sucedía y se arrojó a las aguas para intentar salvarlos, acto que logró con sólo uno de ellos, ya que el otro niño desapareció de la superficie.

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