Empresas amenazan con acciones legales por la tasa de seguridad e higiene
Celulosa San Pedro fue la primera en hacerlo formalmente, pero la queja abarca a otras compañías que se ven en la misma situación. Aseguran que el recálculo es desproporcionado, confiscatorio e inconstitucional. La empresa papelera tendrá que pagar 25 veces lo abonado en 2013, por la vinculación de la tasa con el estimado de ingresos brutos.
Las ordenanzas fiscal e impositiva aprobadas en diciembre pasado prevé que las empresas que superen los 30 millones de pesos de facturación anual paguen la tasa de seguridad e higiene de acuerdo a un cálculo que contempla un gravamen del 0,4 por ciento mensual sobre ese total de ingresos brutos para actividades industriales y manufactureras.
La propuesta generó debate cuando entró al Concejo Deliberante en 2013 y fue uno de los motivos por los que en esa oportunidad no fue aprobado el presupuesto. Ahora, Rentas debe cobrarle a las principales empresas, quienes ya manifestaron su descontento por lo que consideran una desproporción cuasi confiscatoria.
La semana pasada, la empresa Celulosa San Pedro elevó al Concejo una nota firmada por el vicepresidente de su directorio, Miguel Planas, en la que rechaza la exigencia de la Municipalidad de liquidar la tasa por inspección de seguridad e higiene tal como está previsto en las normas aprobadas.
En ese marco, adelantan que, si se aplica tal como está, podrían iniciar acciones legales, por considerar la norma como inconstitucional, algo sobre lo que ya habían advertido otras compañías en aquella discusión primera, que incluso dividió al gabinete del Intendente Guacone, al punto de que los que impulsaban la medida se fueron del Gobierno.
Uno, dos, varios reclamos
La queja formal de Celulosa es la primera de una serie de planteos similares. Los responsables de otras fábricas de la ciudad ya se contactaron con funcionarios del Ejecutivo y concejales para dar a conocer su inquietud, y podrían formalizar su posición en los próximos días.
El origen del conflicto con Celulosa San Pedro S. A. es que el nuevo cálculo de la tasa importa un incremento de 25 veces con respecto a lo tributado por el mismo concepto durante el periodo fiscal 2013.
La firma papelera queda comprendida dentro de los contribuyentes cuyos ingresos brutos superan los 30 millones de pesos en todo el territorio nacional. Como la base imponible para la liquidación de la tasa es el monto de ese impuesto provincial declarado para el año anterior, el resultado es el descripto.
En el planteo ante el Concejo Deliberante, la empresa sostiene que este importe “es ajeno a cualquier relación precio/servicio”, algo en lo que coinciden todos los que pagan la tasa de seguridad e higiene, cuya contraprestación siempre fue materia de debate por su condición de “dudosa”.
A criterio de las autoridades de la firma, “el impacto económico que las ordenanzas ocasionan es desproporcionado e irrazonable si se tiene en cuenta lo tributado hasta diciembre 2013”.
El fundamento de la tasa
El hecho imponible de la tasa está constituido por la prestación de los “servicios generales de zonificación y control de seguridad, salubridad e higiene y contaminación del medioambiente, en establecimientos, oficinas, depósitos, dependencias donde se desarrollen actividades comerciales, industriales, locación de bienes y servicios, locación de obras, actividades de servicios, y otras asimilables a tales, inclusive la prestación de servicios públicos”.
Planas expresa en la nota que “las tasas municipales –por su propia naturaleza– se legitiman y justifican por la prestación de un servicio al contribuyente (sujeto pasivo de la tasa)”. Es un tributo “cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público”, indica el empresario.
Además, recuerda que si bien tiene una estructura jurídica análoga al impuesto, se diferencia porque el Estado debe contraprestar un servicio. “Consecuencia de ello, resulta ser que el importe del tributo debe guardar relación con el servicio efectivamente prestado”, sostienen desde Celulosa San Pedro.
En la misma línea de razonamiento, la empresa argumenta que “el monto de las tasas debe guardar una razonable proporcionalidad con el costo del servicio que retribuye y en tal sentido si bien, no podría exigirse una equivalencia estricta entre esos dos elementos de la relación toda vez que ello resultaría de muy compleja determinación, lo cierto es que, a fin de juzgar la validez del monto determinado para una tasa en particular –con independencia de su confiscatoriedad– habrá de apreciarse su adecuación a un grado razonable y prudente de proporcionalidad entre tal monto y el servicio prestado”.
Inconstitucionalidad
y acciones legales
El fundamento legal de la firma se apuntala en la presunta inconstitucionalidad de la aplicación de la tasa tal como fue aprobada por los concejales. Los empresarios suponen que “la recaudación en concepto de tasa va dirigida, en realidad, a atender necesidades distintas a las que se tuvieron en cuenta al establecer el servicio señalado como presupuesto de hecho imponible de la obligación tributaria”.
Traducido: estiman que, en realidad, lo recaudado por la tasa de seguridad e higiene no está destinado a su fin original, sino a “la asunción de gastos que, por su naturaleza, deberían estar a cargo de la generalidad de sus contribuyentes”. Por tal motivo, insisten, se determinaría la inconstitucionalidad por resultar contrario a los principios de igualdad y razonabilidad.
Ante este panorama, consideran que “el monto a abonar por la tasa sería absolutamente desproporcionado en relación a las tareas de inspección que debería prestar el municipio” y, en consecuencia “resultaría violatoria de los principios constitucionales de igualdad y razonabilidad aplicados a la materia tributaria”.
Antes de pedir que el HCD y el Ejecutivo reconsideren los parámetros actuales, adelantan que, de aplicarse la tasa como está, Celulosa San Pedro quedaría habilitado “a llevar adelante las acciones correspondientes” en procura de resguardar su patrimonio “y la fuente de trabajo de los dependientes que se desempeñan en nuestra empresa”.
Sin cobrar
La posibilidad de litigio tanto en ámbitos administrativos como judiciales está abierta. Lo más complicado de la situación es que ya pasaron cuatro meses fiscales y el Municipio está sin recaudar por ese concepto.
En caso de que el reclamo sea en fueros judiciales y en términos de inconstitucionalidad, ambas partes agotarán las instancias y el entuerto llegará hasta la Corte. Ello significa que pueden pasar años hasta tanto las compañías litigantes paguen el gravamen.
Lo que en un momento pudo haberse pensado como una posibilidad de aumentar de manera importante la recaudación, aparece hoy como un dolor de cabeza. Como están las cosas, las grandes empresas de la ciudad que decidan oponerse a este incremento no van a pagar ni la nueva tasa ni lo que pagaban hasta el año pasado, al menos hasta que haya una decisión judicial que resuelva lo planteado.