El Tribunal define si Hugo Parra va preso por atropellar y matar a Braian Rodríguez
El Fiscal pidió cuatro años de cárcel para el conductor de la camioneta que chocó la moto del joven santalucense en 2011. Manso cree que el cumplimiento efectivo de la pena servirá a “los fines de prevención especial” de este tipo de hechos. La fuga y el intento de engañar a la Justicia, los agravantes.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Nicolás definirá qué pena le toca cumplir a Hugo Raúl Parra, acusado de homicidio culposo agravado en el juicio que tuvo lugar la semana pasada por el accidente que le costó la vida al joven Braian Rodríguez, de 19 años, quien murió cuando viajaba en moto por la ruta 191 camino a Santa Lucía y fue atropellado por detrás por una camioneta.
La materialidad del hecho está comprobada: la camioneta Chevrolet S10 que conducía Hugo Parra chocó a la moto Corven 125 de Braian Rodríguez, cuyo cuerpo golpeó el parabrisas y cayó en el asfalto, donde murió en el acto. El vehículo mayor circuló alrededor de 300 metros más, con el menor incrustado.
Parra se bajó de la camioneta y llamó a su familia. Su hijo llegó y se hizo pasar por el conductor, mientras él se escapaba a campo traviesa. Al otro día se presentó en la Comisaría y reconoció que él era quien manejaba.
Lo que el Tribunal debe decidir es qué pena le cabe al acusado. Para el Defensor Oficial Alejandro Ares, la mecánica del choque “no está acreditada” en la causa, por lo que entiende que no está probada, en términos penales, la culpabilidad de Parra. Para el Fiscal Manso, lo que se desprende del expediente es tan grave que considera que el imputado debe cumplir los años de castigo en la cárcel, sin beneficios.
Las circunstancias del hecho
Como se dijo, el accidente que le provocó la muerte a Braian Rodríguez está acreditado. El relato del acusado es contundente al respecto. Señaló que salió de San Pedro antes de las 20.00 y que tomó la ruta 191, donde había un “tráfico intenso”, en ambas manos. En un momento dado, sin poder ofrecer precisiones al respecto, sintió un golpe, una explosión. El airbag se accionó. Algunos metros más adelante detuvo la marcha. Al bajar, vio la moto incrustada.
Señaló que estaba “atontado, en estado de shock”. Que al ver el golpe en el parabrisas entró “en pánico”. Contó que llamó a su esposa y que ella llamó a su hijo. No sabe por qué huyó, dijo, pero reconoció que lo hizo cuando le dijeron que el joven motociclista estaba muerto.
Estimó que circulaba a 70 km por hora y aseguró que la moto “iba sin luces”, por eso no la vio. Sostuvo que no había bebido alcohol ese día. No se acercó hasta el lugar donde estaba el cuerpo y tampoco tocó nada de la camioneta.
El relato del “estado de shock” es coincidente con el que su hijo hizo ante la policía cuando se hizo pasar por el conductor. Para Manso, hubo un acuerdo entre ambos para explicar lo sucedido.
Dos testigos, empleados de un galpón de empaque ubicado frente a la escena del accidente, dijeron que el hijo de Hugo Parra no era la persona que manejaba la camioneta; que era “más robusto, de estatura baja y cabellos largos”. Ambos dieron cuentas del cambio de roles.
Esos testigos señalaron que Parra hizo un llamado telefónico, tras lo que llegaron primero dos autos y luego un tercero. Varias personas hablaban en la oscuridad. Una de ellas –que resultó ser el hijo del acusado–, se quedó junto a la camioneta. El conductor, en tanto, saltó el alambrado y “despareció en el monte”, contaron.
En su relato, los empleados que atestiguaron contra Parra indicaron que el intercambio de conductores se produjo cuando escucharon la sirena del móvil policial que se acercaba.
Manso quiere cárcel
Para el Fiscal Marcelo Manso, la conducta de Hugo Parra fue “imprudente, violatoria del deber de cuidado, por cuanto la velocidad excesiva a la que circulaba no le permitió tener el dominio del vehículo que guiaba”.
En su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal citó un informe de la sargenta Cintia Novo, perito de Policía Científica, que detalló que a la altura del kilómetro 5 de la Ruta 191, en sentido San Pedro – Ruta Nacional 9, quedaron sobre la calzada restos de plásticos, un tanque de nafta y el asiento de la motocicleta, un casco y una de las zapatillas que calzaba Braian Rodríguez, cuyo cuerpo se encontraba a unos metros.
El estado de deterioro de la moto impidió constatar el funcionamiento del sistema lumínico.
La declaración de ingeniero Raúl Pablo Díaz, perito designado por la Asesoría Pericial Departamental, señala que no se relevaron rastros de frenado pre o post choque, “de lo cual se infiere la violencia del impacto”. Estimó la velocidad de la camioneta guiada por Parra “en 80 km, mientras que Rodríguez lo hacía a una velocidad sensiblemente inferior, unos 40 km”.
En su extenso alegato, el Fiscal apuntó a un testigo, que conducía detrás de Parra, sobre quien dijo que “parece haber sufrido una amnesia” porque “no se acordaba nada del hecho”. No pudo precisar si la camioneta de Parra lo pasó en la ruta o ya estaba adelante cuando se produjo el incidente, por ejemplo. “Eso sí, circulaba entre 60 y 70 km y unos 20 metros de distancia del rodado que lo hacía delante suyo, no obstante lo cual pudo frenar, realmente increíble”, señaló Manso.
Un testigo que conocía a Rodríguez sostuvo haber visto las luces delanteras y traseras de la moto encendidas y que “se colocó el casco luego de que se despidieron”, antes del accidente.
“Tras haber colisionado a la motocicleta desde atrás como consecuencia de su conducción imprudente, dejó a quien en vida fuera Braian Rodríguez literalmente tirado en el lugar, dándose a la fuga”, expuso Manso.
Aunque no hay elementos para probarlo, el Fiscal no dejó de decir que su experiencia judicial le permite inferir que la fuga de Parra, el reemplazo por su hijo y su posterior aparición al otro día fue un accionar con el que “solo se intentaba disimular con ello un estado de intoxicación, de lo contrario no se hubiese presentado el aquí imputado al día siguiente en la Fiscalía, dejando pasar el tiempo mínimo e indispensable para limpiarse”.
En su alegato, Manso señaló que no se trata aquí de lograr una “pena ejemplificadora desprovista de cualquier parámetro” sino de ajustarse a la proporcionalidad del hecho cometido.
Para él no hay justificación, Parra es culpable y hay circunstancias agravantes. Por eso pidió al Tribunal la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento y ocho años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, más el pago de costas y accesorias legales.
“Considero que la modalidad efectiva de la sanción punitiva que aquí reclamo, va a cumplir con los fines de prevención especial, al poder así, Parra, internalizar debidamente los alcances de su conducta”, finalizó.
Arrepentido
En su última intervención durante el juicio, Hugo Parra dijo estar “arrepentido” de lo que sucedió. “Creo sinceramente en su arrepentimiento pero, y lamentablemente para él, no es ese arrepentimiento lo que debe juzgarse hoy, sino sus acciones el día del hecho”, señaló el Fiscal.