El Sindicato de Municipales debe pagar $ 5 millones a una empleada que figuraba como monotributista
El gremio que conduce Juan Cruz Acosta fue demandado por una mujer que trabajó más de 10 años como adminsitrativa y cumplió diversas tareas en la sede. El Tribunal Laboral consideró que había una "informalidad en el vínculo", ya que la "obligaban a facturar".
El Sindicato de Trabajadores Municipales que conduce Juan Cruz Acosta fue condenado por el Tribunal Laboral N° 3 de San Nicolás a pagar más de 5 millones de pesos a una empleada que figuraba como monotributista y a quien despidieron tras más de 10 años de relación contractual.
En la demanda, la empleada señaló que entre 2010 y 2022 trabajó en el sindicato como administrativa, a cargo de tareas como la atención de afiliados, cobranza y seguimiento de créditos, ejecución de convenios con empresas, entre otras.
Tanto ella como una compañera que hacía el mismo trabajo seis horas al día de lunes a viernes, fueron “obligadas”, según dice el veredicto, a emitir facturas como condición para el pago de su sueldo, es decir a inscribirse como monotributistas.
El sindicato reconoció en su alegato que ambas empleadas —la otra tiene juicio en marcha— fueron contratadas para la atención de la proveeduría sindical “de modo independiente, facturación mediante”.
Para el Tribunal Laboral, la demandante “trabajó en relación de dependencia, subordinada y permanente” para el Sindicato de Trabajadores Municipales, “en una relación de linbaje laboral y por tiempo indeterminado”.
En la demanda se planteó que el sueldo se pagaba “totalmente en negro” sin categoría convencional aplicable. Aunque la empleada emitía facturas como monotributista, el Tribunal consideró probada una relación laboral encubierta por ese contrato de servicios.
La relación laboral se terminó cuando la demandante reclamó que la pagaban de modo irregular, sin registro y por debajo del salario mínimo y dos de los integrantes de la comisión directiva le informaron que prescindirían de sus servicios. En ese momento, decidió enviar telegrama para considerarse despedida y reclamar resarcimiento.
La negativa derivó en este juicio, en el que el Tribunal conformado por los jueces Aparisi, Quadranti y Toraf condenaron al gremio a pagar indemnización por despido, omisión de preaviso, aguinaldos adeudados, vacaciones no gozaadas y otros ítems por un total de 5.156.946, con una tasa de interés igual a la que paga el Banco Provincia en sus plazos fijos a 30 días.
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