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    El Municipio retirará con grúa las motos estacionadas sobre las veredas

    El proyecto impulsado por el oficialismo prevé que no se podrá estacionar, detener o dejar vehículos sobre las veredas y espacios destinados al tránsito peatonal. Habrá multas para los infractores con algunas excepciones puntuales.

    23 de julio de 2026 | 09:00
    Si bien la Ley Nacional de Tránsito lo prohíbe, un proyecto de ordenanza la otorgaría un marco reglamentario al estacionamiento sobre las veredas.
    Si bien la Ley Nacional de Tránsito lo prohíbe, un proyecto de ordenanza la otorgaría un marco reglamentario al estacionamiento sobre las veredas.

    Un proyecto de ordenanza presentado por el oficialismo propone prohibir “el estacionamiento, la detención o la permanencia de cualquier tipo de vehículo sobre las veredas”, con el objetivo de garantizar la libre circulación de peatones y reforzar el respeto por el espacio público.

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    “La prohibición establecida será de aplicación aun cuando el vehículo se encuentre estacionado total o parcialmente sobre la vereda correspondiente al frente del domicilio de su propietario, ocupante o tenedor, incluyendo los sectores destinados al acceso de garajes o entradas vehiculares”, expresa unos de los artículos.

    La iniciativa sostiene que las veredas están destinadas exclusivamente al tránsito peatonal y recuerda que la Ley Nacional de Tránsito ya contempla la prohibición de estacionar sobre las aceras, además de otorgar a los municipios la facultad de reglamentar y fiscalizar el tránsito dentro de sus jurisdicciones.

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    Entre los fundamentos, el proyecto pone especial énfasis en el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad, los adultos mayores, quienes presentan movilidad reducida y las familias que circulan con cochecitos de bebés. 

    También advierte que “es habitual observar automóviles y motocicletas estacionados parcial o totalmente sobre las veredas, incluso frente al domicilio de sus propietarios o sobre los accesos a garajes, una práctica que genera obstrucciones y deteriora el espacio público”.

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    La propuesta establece que la prohibición alcanzará a automóviles, camionetas, utilitarios, motocicletas, ciclomotores y cualquier otro vehículo, aun cuando se encuentren sobre la vereda correspondiente al frente de la vivienda de su propietario o sobre el acceso vehicular del inmueble.

    Como excepción prevé que, en aquellas veredas con un ancho suficiente para garantizar un paso peatonal libre de al menos 1,50 metros, la autoridad de aplicación pueda autorizar el estacionamiento de motocicletas y bicicletas sobre el espacio restante.

    Esa autorización “será otorgada mediante resolución fundada, a pedido del interesado, previo relevamiento técnico del ancho de vereda y demarcación señalizada del sector habilitado”.

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    La iniciativa también contempla una excepción para los comercios que deban realizar tareas de carga y descarga. En esos casos, el Departamento Ejecutivo podrá habilitar franjas horarias específicas para la detención momentánea de vehículos de reparto, siempre que se mantenga un corredor peatonal libre de 1,50 metros y no se trate de un estacionamiento prolongado.

    Las multas a aplicar están previstas en el Código de Faltas y podrán complementarse con la remoción del vehículo cuando corresponda mediante la grúa. Además, el Ejecutivo deberá elaborar un plan de aplicación progresiva dentro de los 60 días de promulgada la ordenanza y desarrollar campañas de concientización para informar a la comunidad sobre la nueva normativa.

     

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