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    El humo de la discordia: polémica en redes por "el olor a chinchulín"

    Un reporte ciudadano de La Opinión desató la polémica: ¿hasta dónde debe llegar la paciencia frente a usos “no habituales” de espacios comunes?

    10 de noviembre de 2024 | 16:56
    La esquina de Salta y Ruiz Moreno, donde funciona la parrilla de la polémica.
    La esquina de Salta y Ruiz Moreno, donde funciona la parrilla de la polémica.

    Las redes sociales de La Opinión & Sin Galera se alborotaron frente a un tema inesperado: un reporte ciudadano de un vecino del edificio del Club Mitre, ubicado en la esquina de Salta y Ruiz Moreno en el que se quejaba por el humo y el olor de la parrilla que funciona en su vereda.  

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    “Un grupo de vecinos del edificio estamos cansados de presentar notas y hablar con diferentes funcionarios y autoridades del Club y nadie hace nada” decía. 

    La cuestión es que su queja por el “humo y olor a chinchulines en pleno centro” generó una fuerte reacción en redes sociales, donde se registraron casi 300 comentarios en las páginas de La Opinión y del programa Sin Galera.

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      Las respuestas reflejan una profunda división en respecto a lo que se considera una "normal tolerancia" en la convivencia entre vecinos y ponen de manifiesto las tensiones entre el derecho a trabajar y el derecho a una vida tranquila.

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      La reacción fue fue dispar: mientras algunos defienden la denuncia como un llamado necesario a mantener la tranquilidad, el orden y la seguridad del entorno, otros se solidarizaron con el comerciante, defendiendo su derecho a trabajar y resaltando la cultura del asado como un valor argentino. No faltaron tampoco las críticas al medio por haber permitido la publicación de la queja.

      La jurisprudencia de la Provincia de Buenos Aires contempla los derechos y obligaciones de los vecinos en situaciones como esta, con el objetivo de equilibrar las libertades individuales con el respeto a la tranquilidad de la comunidad. 

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      El "umbral de normal tolerancia" se aplica a la convivencia vecinal para determinar si una actividad (en este caso, el uso de una parrilla) excede lo tolerable y justifica una acción legal. 

      Según la jurisprudencia bonaerense, este límite de tolerancia no requiere que la acción que se discute sea intencional o negligente para que se considere legalmente reprochable, sino que evalúa objetivamente el impacto de la actividad en la vida de los demás.

      Parrilla en el edificio del Club Mitre

      En las redes, muchos usuarios respondieron con comentarios que minimizaban el impacto de los olores y defendían el derecho del parrillero a trabajar. Flavia comentó: “¿Qué tiene que ver que sea el centro? Vive gente también, no solo son negocios. ¿Mira que no va a tener derecho a hacerse un asado porque viva en Mitre o Pellegrini?”​ Otros, como Hugo, expresaron que el problema estaba sobredimensionado y que había temas más urgentes en los que enfocarse:

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       “Están trabajando, no están robando; hay que quejarse por la inseguridad, el tránsito vehicular, la ciudad cada vez más deteriorada por el abandono del municipio”.

      Sin embargo, algunos comentarios como el de Teresa también aportaron una perspectiva crítica sobre el uso de la vereda y los espacios comunes: “¿Por qué no lo hacen adentro? Nadie respeta el espacio común y las autoridades bien, gracias”.  

      Este comentario refleja la sensación de abuso de algunos vecinos, quienes sienten que el uso del espacio público para actividades comerciales afecta su derecho a un entorno libre de molestias.

      ¿Dónde debería estar el límite de la tolerancia?

      La cuestión de los límites en las relaciones de vecindad siempre es polémica y tiene su fundamento en el equilibrio entre el derecho a trabajar y el derecho a la tranquilidad. Pero se parte siempre de la idea de que la convicencia en una ciudad siempre genera tensiones. La tarea en estos casos es encontrar los equilibrios razonables.  

      Según la jurisprudencia, un exceso en los niveles de ruido, humo, olores o vibraciones puede ser motivo de reclamo si sobrepasa la tolerancia normal y afecta la vida cotidiana de los vecinos.

      La Ley establece que, aunque una actividad determinada pudiera parecer común y culturalmente aceptada, siempre debe adecuarse al entorno. Las zonas residenciales tienen derechos de protección frente a molestias significativas, y el abuso de derechos, como el uso excesivo de espacios compartidos o la generación de olores persistentes, podría, eventualmente, ser sancionado. 

      Este caso pone en evidencia los desafíos de convivencia y el debate sobre los derechos de los vecinos. Y los límites a esos derechos. Mientras una parte de la comunidad celebra el asado como parte de la identidad argentina, otros reclaman su derecho a una vida libre de molestias. Alcanzar una solución dependerá de la voluntad de las partes para buscar un punto medio que permita tanto la actividad comercial como el respeto a la vida residencial.

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