El dinero que el Municipio deberá pagar a funcionarios
El Tribunal de Cuentas fue contundente en un dictamen que obliga al erario público municipal a desembolsar la antigüedad con retroactividad a quienes hayan pasado por el Concejo Deliberante y realicen tareas en la administración pública. Pese a que hay distintas interpretaciones el 3% por antigüedad comenzó a liquidarse en diciembre.
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Tal como lo anticipó La Opinión, cuatro ediles – Rosa, Mari, Atrip y Monfasani- comenzaron a percibir el 3% por antigüedad en sus respectivos cargos de Concejales tal como lo establece la ley. En realidad todos aquellos que posean esa condición están dentro de la lista que puede acceder a un beneficio que les había sido negado durante años pero que obligará a pagar retroactivos que en algunos casos sumarán una gran erogación para el patrimonio ciudadano.
Si hasta hoy sigue irritando que los ediles perciban el máximo permitido por ley para sus dietas, ahora los cuestionamientos serán peores ya que de acuerdo a la interpretación que se elija muchos de los que pasaron por el recinto y hoy se desempeñan en la administración pública tendrán derecho al reclamo.
En opinión de un especialista en municipalismo lo verdaderamente cuestionable es que “la Provincia a través de su Legislatura tenga a los Municipios como dependencias administrativas y las obligue permanentemente a cualquier cosa vulnerando la Constitución Nacional dado que los Municipios en la Provincia de Buenos Aires no son autónomos”.
Los pesitos van a casa
La historia se remonta a una vieja discusión que tiene como protagonistas a aquellos que equiparan la antigüedad de un edil que percibe una “dieta o indemnización por las tareas que debe abandonar en su actividad pública o privada” a la de un asalariado común que en pocas ocasiones llega a ese porcentaje. Hasta 1995, las bonificaciones especiales fueron tema de debate. Para los memoriosos fue el Concejal Gustavo Alcorta quien se animó al recorte de privilegios de todo tipo proponiendo una Ordenanza que eliminó los pagos “extra” al personal político, pero con el tiempo la “vocación de servicio” fue cambiando.
Para el ciudadano común entender que la antigüedad es un derecho para los cargos electivos se hace más que difícil puesto que daría por tierra con la necesaria renovación y estímulo para el ejercicio del puesto que se intenta ocupar siempre que ese derecho no se pierda en la actividad que el funcionario posea en su trabajo habitual.
Por poner ejemplos incómodos, un caso paradigmático se dio con el Concejal Trelles que siendo docente percibía su antigüedad de acuerdo a su estatuto y luego de aprobada la ley provincial que establecía la antigüedad podía tener derecho a reclamo por los años desempeñados como Intendente y Concejal en varios períodos. No es este el ejemplo más común puesto que en el otro extremo se encuentran quienes ejercen dentro de la actividad privada; tal es el caso de Sergio Rosa que se desempeñó como Concejal en otro período siendo titular de una farmacia y hoy como abogado. En esos trabajos no percibía monto alguno por antigüedad pero ahora tiene el derecho y según el Tribunal de Cuentas la obligación de percibir el retroactivo correspondiente.
En el caso de la Concejal Sandra Mari al ser empleada municipal su antigüedad sigue corriendo pero ahora puede solicitar que se le liquiden las sumas no percibidas durante su pasado mandato.
Daniel Monfasani también ha sido concejal en distintos períodos pero luego comenzó su tarea en el ANSES y es por ello que la bonificación le corresponde.
El razonamiento callejero dirá “nadie puede cobrar dos antigüedades en una misma vida” y es por ello que existe el derecho de acogerse a aquel convenio que le sea más favorable al trabajador. Por ejemplo, si un afiliado al Sindicato de Camioneros llegase al cargo de concejal, le convendría seguir percibiendo ese concepto por su actividad original.
Qué dice el Tribunal
Desde hace años el debate se prolonga, pero la última resolución del organismo que monitorea las cuentas municipales es clara. En 2009 la consulta fue hecha, pero nunca se recibió una respuesta por escrito. Por ese motivo se decidió no proceder al pago inmediato para no distraer más recursos del estado local. De todos modos la mayor dificultad se presentaba con quienes se habían desempeñado con anterioridad a 1995 ya que hasta ese año la bonificación se liquidaba a razón del 3,5%. Es sumamente recordado el caso de un Secretario que trabajaba en la administración pública y por las bonificaciones que percibía duplicaba al propio Intendente Pángaro en sueldo.
Dictada la ley 11.757 que es la correspondiente al Régimen de Empleo Municipal quedó establecido como porcentual el 1% y a partir de allí no hubo más dudas.
Como suele suceder poco tiempo después otra ley, la 14.293, estableció como máximo hasta un 3% del total percibido como dieta.
Los que pueden reclamar
Las dudas hoy están planteadas sobre todos aquellos que cumplieron funciones con anterioridad a 1995. Según las primeras interpretaciones todos tendrían el derecho de reclamar aquella diferencia en sus liquidaciones que hoy serían calculadas sobre el sueldo actual de los Concejales.
En el Municipio se resisten a esa modalidad y recuestan su decisión en que sólo tendrán ese derecho quienes hoy se desempeñen como Concejales, pero el caso de Norberto Atrip sería otro de los paradigmas. El ahora Concejal se ha desempeñado en distintos cargos tanto en la gestión de Julio Pángaro, en la de Barbieri y en la de Guacone hasta diciembre de 2011. A él le correspondería también el retroactivo y por supuesto, la percepción actual de la bonificación por el cargo que ocupa.
Desde el Municipio indican que la resolución está firme pero que su interpretación no es clara. En su parte resolutiva y con relación al porcentaje de antigüedad que debe reconocerse por los períodos laborados con anterioridad a la sanción de la Ley 11.757, luego de la sanción de la Ley 14.293 que establece: “… hasta un 3% por cada año de servicio prestado y debidamente acreditado, conforme la modalidad adoptada por cada municipio y que en ningún caso podrá ser menor al porcentaje que percibían los empleados municipales hasta esa fecha…”. La doctrina de este Organismo ha dictaminado que dicho porcentaje tendrá como tope máximo el 3%, sobre la dieta por cada año de servicio. Resta saber ahora qué harán aquellos que pasaron por el Concejo Deliberante y no cobraron.
“Acá no cobra nadie retroactivo”
En una consulta realizada ayer al Tribunal de Cuentas desde el área de economía se decidió que no habrá lugar para el reclamo retroactivo a quienes se desepempeñaron como concejales con anterioridad a 1995. Al menos dos ya fueron a consultar. “La ley no puede ser retroactiva”, sostuvieron. Es probable que en horas y ante la repercusión pública que ha cobrado el tema se de a conocer un comunicado oficial. “Lo único que se cobrará es lo que corresponde desde Agosto de 2011”, eso abarca a los Concejales cuyo mandato venció el pasado 10 de Diciembre y a los que continúan en funciones. De este modo y sólo como dato ilustrativo, en un año representa el equivalente de un nuevo concejal, indicó el Dr. Porta desde la Asesoría Letrada “No damos cifras porque varía de acuerdo a los años que cada concejal tiene trabajados en la administración municipal”, agregó. El abogado señala que las dietas de los ediles o “indemnizaciones” han dejado de funcionar como tales para asemejarse cada vez más a los beneficios del empleado público.
De acuerdo a lo liquidado hasta el momento los montos no son significativos y si nadie hace un reclamo judicial, la suma no reviste importancia.
De los cuatro concejales que cobraron el que tiene más antigüedad percibe $ 511,25 más $ 2.556 por lo no percibido; el que le sigue recibió $ 2.130 en total y si se habla de un concejal que recién se inicia el 1% que habrá que sumarle a sus haberes es de $ 85,21.
