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    El decreto de las cámaras

    Con la presión del Concejo Deliberante encima, el Ejecutivo finalizó la redacción del decreto que habilitará oficialmente el centro de monitoreo de las cámaras de seguridad.

    1 de agosto de 2012 | 09:06
    El decreto de las cámaras

    La Opinión tuvo acceso en exclusiva al decreto que está en el despacho de Guacone para que estampe su firma y ponga en funcionamiento de manera oficial el Centro de Monitoreo y Vigilancia Urbana de la ciudad de San Pedro, dentro de lo que denominan el “Plan de Protección y Seguridad Ciudadana”.
    Ese espacio es el que monitorea las imágenes que toman las cámaras de seguridad instaladas y las por instalar. Este semanario había indicado que el empleado municipal y militante social Gabriel Benítez era uno de los que estaba a cargo de esa tarea. Luego de los cuestionamientos públicos, él mismo pidió ser trasladado de área.
    El decreto señala que el personal tendrá una relación de empleo distinta al del resto del plantel municipal, ya que “no existe posibilidad alguna de determinarse días no laborales”. Por ello habrá cuatro personas: un por turno y uno para cubrir francos.
    “El personal afectado a la percepción de las imágenes mantendrá una relación de subordinación laboral y jurídicamente con la Municipalidad de San Pedro, y cumplirá con los requisitos propios de tan delicada tarea en cuanto a su deber de discreción y formación técnica, de modo tal que permita la ejecucución de las tareas encomendadas de manera eficaz y eficiente”, dice el texto.
    La información es considerada “confidencial y de estricta reserva”. Por ello, las imágenes obtenidas, “siempre que sean conducentes con la prevención o esclarecimiento de ilícitos” podrán ser entregadas bajo resolución judicial fundada y habrá “deber de secreto debe ser mantenido aun cuando finalice la relación de empleo con el agente”.
    “La solicitud de información respecto de alguna imagen registrada sólo puede ser requerida mediante petición escrita con los recaudos que se establecerán en la parte dispositiva, por personal policial y/o judicial, y en casos excepcionales personalmente por particulares, y resuelta necesaria y fundadamente por la autoridad respectiva en caso de corresponder”, detalla el escrito.
    La información registrada será almacenada por treinta días, tras lo que será destruida. En caso de que haya una causa judicial en marcha, deberá ser copiada por separado.

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