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    Dos sampedrinos condenados

    “Cari” López y César Salazar fueron condenados por presunta comercialización de drogas. El dictamen final del Tribunal dispuso dos años de prisión efectiva. Por el tiempo en que ya habían estado detenidos, fueron liberados.

    8 de agosto de 2007 | 00:00
    Dos sampedrinos condenados

    Finalizó en la tarde del viernes el juicio oral y público que involucró a dos sampedrinos. Héctor “Cari” López y César Salazar, habían sido incriminados por ser los presuntos autores del delito de tenencia de drogas para su comercialización.
    El juicio duró dos días y se realizó en el Concejo Deliberante de la ciudad de San Nicolás, presidido por la Cámara Federal Nº 2 de Rosario a cargo del doctor Omar Digerónimo, acompañado por los Doctores Beatriz Cavallero de Baravani y Jorge Benegas Echagüe.
    Los imputados habían sido detenidos hace poco más de un año y medio, tras un procedimiento que se realizó en el barrio Hermano Indio. Ambos cuentan con varios antecedentes, principalmente López, quien ha sido partícipe de innumerables actos delictivos.
    La etapa de pruebas en el juicio finalizó el viernes con la declaración de dos testigos que eran muy importantes para la causa, pero se desdijeron de lo afirmado en la etapa de instrucción y denunciaron haber declarado bajo amenazas y presión psicológica. Así quedó debilitada la incriminación original. Esto se vio reflejado en el veredicto final que condenó a López y Salazar a dos años de prisión por tenencia simple de drogas.
    Fuentes confiables aseguraron que durante el juicio, estos dos testigos dejaron sentado que una señora fue quien los amenazó e instigó para que declarasen en contra de López y Salazar. Aunque destacaron que esas “amenazas” sólo fueron de palabra, que no se utilizaron armas ni nada parecido.
    Es más, durante el primer día del juicio, se produjo un acalorado debate entre el fiscal Vallejos y la defensora Matilde Marisa Bruera, por lo que la citada mujer ya había declarado en la instrucción y que sus dichos habrían sido perjudiciales para López. Durante el juicio, Bruera, alegó que debería decírsele a la testigo que no estaba obligada a declarar contra López por el vínculo familiar que tenía con la mujer del acusado. El doctor Vallejos no estuvo de acuerdo y pidió un cuarto intermedio. Luego de media hora la Cámara decidió dar por válido, decirle a la mujer que no tenía obligación de declarar en contra del detenido. Entonces la mujer dijo que no quería declarar contra López y cada uno de sus testimonios fueron dejados de lado.
    Al día siguiente se leyeron los alegatos. El fiscal Vallejos, pidió que los imputados fueran condenados por tenencia simple de drogas y esta solicitud encontró eco en la decisión de la Cámara, que condenó a López y a Salazar a dos años de prisión por tenencia simple. A esta decisión se le sumó el pedido de la Doctora Matilde Marina Bruera, quien aseguró que debido al tiempo que habían estado detenidos López y Salazar les correspondía la excarcelación. No sólo se hizo lugar al pedido sino que también recuperaron la libertad ese mismo día.

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    Los Testigos
    (Cobertura especial de Diario El Informante de San Nicolás)
    Lo de los dos testigos que se desdijeron de lo expuesto en el tiempo de la instrucción de la causa en el Juzgado Federal de San Nicolás, fue, en verdad singularísimo.
    Ambos dijeron haber sido presionados y amenazados por una mujer (Doris Romero), en forma siempre oral, sin uso de armas ni nada por el estilo, para imputar a López de vendedor de drogas.
    “Ella es medio loca, le tiene bronca a López”, dijo uno de los testigos”.
    “Yo era menor entonces y Romero me dijo que si yo no lo acusaba a López, iba a ir a parar a un orfanato”, aseveró otro de los declarantes. Uno de esos convocados para testimoniar en la vista de causa, dijo en el debate no saber ni leer ni escribir por lo que “yo no pude leer -proclamó- lo de mi declaración en el juzgado. Lo que sí sé es que -afirmó- fui acompañado por mi tía y ésta me presionó en forma constante para que yo lo acusara a López”.
    A todo esto, el presidente del Tribunal, doctor Digerónimo, expresó en la audiencia que ante lo que decían los testigos, se iban a girar a la fiscalía de turno las actuaciones, para que se investigue la posible comisión de dos delitos, esto es amenazas o, caso contrario, por falso testimonio. Se insistió en la sala, con éxito en la propuesta, en leerle a un testigo lo que había dicho en el Juzgado Federal nicoleño y así se escuchó un “yo lo vi a López vendiéndole un porro a un tipo”, pero el declarante dijo que lo había afirmado “bajo amenazas” y a esta altura intervino la doctora Bruera, quejándose de que se le preguntaba mucho a su pupilo “siendo que él ya dijo varias veces que lo dicho en la instrucción no es válido sino producto de lo expuesto de una presión amenazante”.

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