Diez años después, el caso Choy va a la Corte Suprema
La Cámara de Apelaciones emitió su fallo en la causa del niño de cinco años que perdió la vida en las aguas del riacho en el club Pescadores en el año 2000. Mantuvo las responsabilidades de la institución y del Municipio, aunque quitó un 30 por ciento de la suma a abonar por indemnización. El Estado local presentó un recurso extraordinario y será la Corte bonaerense la que tenga la última palabra.
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Edi Son Choy tenía cinco años cuando el domingo 10 de diciembre del año 2000 se internó en las aguas del río frente al club Pescadores y perdió la vida ahogado.
Desde entonces, una larga marcha judicial para dirimir las responsabilidades tiene lugar en la Justicia, cuyo fallo en primera instancia condenó al club y al Municipio a pagar 254.000 pesos de indemnización, decisión que fue apelada por las partes.
Ahora, la Cámara de Apelaciones se expidió al respecto y mantuvo el criterio del fallo original, por lo que sostuvo la condena contra la institución de la costa y el Estado local, solidariamente. Así, la atribución de responsabilidad continúa recayendo sobre los querellados, aunque el nuevo fallo redujo la pena impuesta por el Tribunal.
La reducción es del orden del 30 por ciento, que es lo que la Cámara entendió que les corresponde a los padres del niño en términos de responsabilidad por las negligencias que tuvieron como desenlace del lamentable hecho.
Tras esta imputación de parte de la culpabilidad a Eabyol Choy y Lisa Chun, padres de Edi Son, el monto que deben pagar Pescadores y el Municipio es ahora de 154.000 pesos.
De todas maneras, el Ejecutivo a través de la Dirección de Asesoría Letrada que tiene a su cargo Daniel Porta apeló nuevamente el fallo. Tras la presentación de un recurso extraordinario, será ahora la Corte Suprema Bonaerense la que tendrá la decisión final.
Por parte del club, analizaban la posibilidad de cumplir con la pena en esta instancia, aunque también podrían presentar el recurso. Para ello, deberían abonar un depósito previo, cosa que el Municipio no debe hacer para la presentación.
El Estado local debe agotar todos los recursos por mandato del Tribunal de Cuentas, a menos que se llegue a un acuerdo entre las partes que, como en el caso Aldana Correa, debe ser aprobado por el Concejo Deliberante.
El caso Choy
El trágico domingo 10 de diciembre del año 2000, Edi Son Choy fue al Club Pescadores junto a sus padres, conocidos comerciantes de la ciudad, propietarios en ese entonces del local Modas Corea, que abrieron en San Pedro tras su llegada desde Ewan Chu, la ciudad coreana donde vivían y nació el pequeño.
Antes de las 17.00 de esa tarde, el niño que hacía poco había cumplido cinco años desapareció de la vista de su madre, llegó a una distancia de doce metros de la costa y no pudo mantenerse a flote. “Asfixia por inmersión” fue la conclusión de los médicos forenses que actuaron en la causa.
El debate que unió
a los clubes
Este caso y el emblemático que le costó la discapacidad a un joven a la salida de un baile en el Club Independencia, llevaron a los clubes a reunirse para replantear las responsabilidades respecto de la seguridad y la elevación de casos a la justicia. Las consecuencias pecuniarias los llevaron en principio a expresarse en una solicitada conjunta en la que advertían la imposibilidad de continuar hasta con algunas prácticas deportivas. Más tarde, comenzarían las acciones de abogados defensores de las entidades ad honores pero siempre con el riesgo latente de una sentencia adversa. Ahora con distinto tipo de seguros las entidades sociales se resguardan pero siempre con el temor de este tipo de desgracias.
