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    Cuáles son los “precios máximos” que deben respetarse hasta el 31 de octubre

    La lista que elaboró el gobierno nacional, a la cual le renovó su vigencia, cuenta con alrededor de 2300 productos entre los que se incluyen alimentos, bebidas, cereales, fiambres, infusiones, lácteos, pastas secas, enlatados, alimentos para mascotas, artículos de higiene, limpieza y aseo personal; pañales, chocolates, golosinas, yerba y galletitas. El costo congelado se debe cumplir en almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados.

    2 de septiembre de 2020 | 08:51
    Cuáles son los “precios máximos” que deben respetarse hasta el 31 de octubre

    El gobierno nacional renovó el lunes a través del Boletín Oficial hasta el 31 de octubre la vigencia del programa de "precios máximos" con el que congeló el costo de alrededor de 2300 productos para evitar aumentos desmedidos en el marco de la pandemia de coronavirus que afecta a Argentina.

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    En la lista hay una gran variedad de artículos de diferentes calidades y cantidades entre los que se incluyen alimentos, bebidas, cereales, fiambres, infusiones, lácteos, pastas secas, enlatados, alimentos para mascotas, artículos de higiene, limpieza y aseo personal; pañales, chocolates, golosinas, yerba y galletitas.

    El costo congelado de ellos se debe cumplir en almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados. Están exceptuadas las "micropymes" y establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón.

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    Lista de precios máximos vigentes hasta el 31 de octubre

    La titular de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor, Sabrina Utreras Montes, dialogó el martes con Lilí Berardi en #RadioCuarentena y aclaró que en caso de que "el precio de un producto esté por encima del máximo establecido", no es necesario "comprarlo" para hacer la "denuncia": "Se le saca una foto a la cenefa del producto, lo puedo subir al sistema y se transforma en una denuncia anónima que después, depende desde donde se realizó, va al área del municipio correspondiente".

    Además, respecto a los controles que van a llevar a cabo desde su cartera para evitar que en San Pedro se violen los "precios máximos", señaló: "Vamos a salir en la medida que tengamos denuncias concretas porque estamos desbordados en la OMIC con muchas cuestiones que pospusimos por la pandemia. A eso se suma que tenemos un montón de reclamos".

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    Los usuarios pueden consultar desde su celular los precios vigentes en el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios (SIMAP) y que cuando detecten diferencias entre los precios vigentes y los expuestos en los comercios pueden denunciar ahí mismo.

    La medida también rige para distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones, que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística; y esparcimiento.

    En su caso, deben mantener los precios vigentes al 6 de marzo para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas, por lo que los comercios también pueden denunciar si los distribuidores les venden por encima de los valores autorizados.

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