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    Crearon una tasa de "conservación de las vías de acceso" que pagarán camiones y colectivos

    Deberán pagar todos los transportes de cargas y de pasajeros que superen los 25 mil kilos y los micros con capacidad de 40 personas. Si el titular es sampedrino, no abonará la nueva tasa.

    23 de diciembre de 2023 - 11:25
    Los camiones ya no pesarán en la balanza pero seguirán pagando tributo. Foto: Archivo La Opinión.
    Los camiones ya no pesarán en la balanza pero seguirán pagando tributo. Foto: Archivo La Opinión.

    El Gobierno dio de baja, en la ordenanza impositiva, la tasa por pesaje de camiones, creada a medida de las empresas areneras y para "mantener las rutas" que al momento de crearla estaban recién pavimentadas. Sin embargo, creó otra y es tanto para transportes de carga como de pasajeros.

    Se llama "tasa por conservación de las vías de acceso" y fue cuestionada por la UCR durante la sesión en la que fue aprobada la preparatoria de la Impositiva por las dificultades que tendrá la contraprestación.

    Es que la tasa grava "servicios de control, mantenimiento, conservación y reconstrucción de las vías de ingreso y egreso de la ciudad afectada por la circulación de vehículos pesados".

    Todos los transporte de carga de más de 25 mil kilos, "por cada ingreso y egreso en el día" deberán pagar una tasa de 1250 pesos. Por su parte, los micros de mediana y larga distancia que superen la capacidad de 40 pasajeros, pagarán $ 10.500 por día.

    "Cuando el titular del transporte sea oriundo de la localidad de San Pedro, durante el período 2024 no abonará la tasa correspondiente", dice el texto de la ordenanza impositiva que el oficialismo logró aprobar con los votos propios y el acompañamiento de Vanina Cappelletti de Juntos PRO.

    Para cobrar la tasa, el Gobierno dispuso que "actuarán como agentes de percepción los dueños de las empresas a las que se dirige o de la cual se retira las mercaderías y/o productos que deben ser trasladados por un vehículo con una capacidad de carga de más de 25000 kg y los titulares de los vehículos de transportes de personas que tengan una capacidad igual o superior de cuarenta (40) pasajeros".

    Como agentes de percepción, deberán "depositar en forma semanal" lo recaudado y presentar una liquidación mensual que indique fecha, dominio y kilos que cargó cada camión.

    Por su parte, los titulares de transportes de pasajeros deberán "abonar el importe correspondiente" a la tasa en "los lugares o del modo que a tal fin disponga el Municipio" cuando arriben a la ciudad o antes de salir.

    Serán pasibles de una multa, que recaerá sobre el titular del transporte y sobre el agente de percepción, fijada en 500 litros de gasoil premium si se detecta que un vehículo no pagó el tributo o circula excedido de peso. La reincidencia implicará pagar el doble.

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    • camiones
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