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    Coronavirus: Quiénes tendrán licencia en el Municipio

    La medida dispuesta por el Intendente Interino Ramón Salazar es por 14 días y alcanza a mayores de 60 años, embarazadas y diferentes grupos de riesgo tales como enfermedades cardíacas, respiratorias, congénitas y oncohematológicos, entre otros.

    15 de marzo de 2020 | 23:27
    Coronavirus: Quiénes tendrán licencia en el Municipio

    Mientras el Presidente Alberto Fernández anunciaba las medidas tomadas por el Gobierno Nacional para evitar la propagación del coronavirus, en el Municipio el Intendente Interino Ramón Salazar escuchaba con atención junto al equipo de salud, gobierno y coordinación.

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    Conocidas las mismas, el equipo de gobierno local dispuso “otorgar una licencia extraordinaria de 14 días a partir de la fecha y con posibilidad de prorrogarse, para resguardarse en sus hogares cumpliendo con el aislamiento social” para trabajadores municipales mayores de 60 años y embarazadas “en cualquier trimestre”.

    Además de quienes integren los siguientes grupos de riesgo: enfermedades respiratorias crónicas tales como hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma; enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas; Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos; Obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40);  Diabéticos tipo 1 (insulino dependientes);  Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

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    Desde el Municipio remarcaron que la medida “se extiende a quienes tengan contratos de prestación de servicios y a los decretos de ayuda social con contraprestación de tareas”. Estas licencias buscan preservar la salud de los grupos de riesgo y recuerdan que la “irresponsabilidad en el cumplimiento será pasible de las sanciones que correspondan”.

    Los empleados que, aun integrando estos grupos, presten servicios dentro de la Ley de Carrera Médica Hospitalaria, tendrán la posibilidad de adherir o no a la presente licencia que no afectara la percepción de la remuneración normal y habitual, como así tampoco los adicionales que le correspondieran percibir a los trabajadores.

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    Para hacer uso de la misma, los municipales deberán presentarse en la Oficina de Personal y acreditar su condición.

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