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    Coronavirus: qué comercios pueden abrir y cuáles deberán cerrar por orden municipal

    El Gobierno dispuso medidas restrictivas para evitar la propagación del virus. Hay comercios que no pueden abrir, otros que sólo podrán atender con restricciones y otros que deberán mantener medidas precautorias extremas. El decreto rige hasta el 31 de marzo. Los detalles, en esta nota.

    19 de marzo de 2020 | 18:49
    Coronavirus: qué comercios pueden abrir y cuáles deberán cerrar por orden municipal

    Tras el adelanto que hizo el miércoles, este jueves el Gobierno difundió el decreto que dispone medidas restrictivas para las actividades comerciales en San Pedro que rigen desde las 00.00 de este viernes 20 y hasta las 24.00 del martes 31 de marzo, en principio.

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    La Opinión resumió en este video los alcances de la medida, que además se detallan a continuación en esta nota.

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    Minimercados, supermercados e hipermercados deberán evitar la aglomeración de gente en sus instalaciones, limitar el ingreso masivo de clientes, asegurar la distancia mínima de dos metros entre clientes, higienizar cada una hora las barandas, manijas de carros y todo elemento con el que el público tenga contacto.

    El personal deberá utilizar guantes de latex y barbijos, que además deberán estar a disposición del público, como el alcohol en gel. Recomiendan, además, establecer horario exclusivo para la atención de la población de riesgo.

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    Los comercios como restaurantes, bares, cafeterías, cervecerías, establecimientos de carga o recarga o venta de cerveza artesanal, heladerías, cantias, pizzerías, servicios de comidas, cafés en estaciones de servicio y todo otro local que tenga servicios de mesas al público sólo podrán comercializar a través del servicio de delivery o retiro en el local, con el mínimo posible de clientes, que sólo podrán estar a los efectos de retirar su pedido.

    Peluquerías, barberías, centros de estética y similares también sólo podrán abrir para el retiro de productos. Como ya se anunció, hoteles, hosteles, cabañas de alquiler, quintas, casas particulares y cualquier otro tipo de establecimientos que impliquen alojamiento no pueden recibir turistas.

    La norma establece el cierre de lugares y espacios de concurrencia y permanencia de personas como iglesias y templos; cines, teatros, salas de juego, centros culturales, establecimientos donde se desarrollen convenciones o congresos; salones de fiestas, salas de juego, salones de usos mútiples, salones de fiestas infantiles, espacios recreativos, jardines maternales y guarderías.

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    También deberán permanecer cerrados los gimnasios de musculación, entrenamiento, natatorios, clubes y otros lugares donde se realicen actividades deportivas o afines; los lugares que convoquen alumnos para la enseñanza de idiomas, apoyo escolar o cualquier otro sitio donde concurran alumnos y cualquier otro predio que por razones deportivas, sociales, religiosas u otras convoque a reunión de personas.

    También indica que los velatorios serán a ataud cerrado, sin atención permanente, con ingreso controlado de público, que deberá ser de corto lapso y no habrá tanatopraxia. El cortejo deberá ser con carroza fúneber y carroza portacorona.

    Bancos, entidades financieras y otras bocas de cobranza deberán restringir al  máximo la cantidad de clientes y las filas deberán respetar la distancia m´nima de dos metros entre cada persona. Además, deberán disponer alcohol en gel y otros elementos de prevención.

    También dispusieron medidas para el transporte público, en consonancia con las nacionales y provinciales, y suspendieron las visitas en ls geriátricos, cuyo personal que presente síntomas respiratorios tendrá prohibido el ingreso. Respecto de la admisión de nuevos internos, sólo podrán ingresar quienes no posean sintomatología respiratoria y que no tengan nexo epidemiológico, al menos por 14 días.

    El Gobierno recomendó no participar de eventos ni reuniones de todo tipo, e informó que la Secretaría de Seguridad y la Policía están "facultados a implementar controles en los accesos de la ciudad a los efectos de restringir y minimizar lo estrictamente necesario los ingresos y egresos al distrito".

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