Confusión por la señalización en calle Alejandro Maino: qué dice la ordenanza vigente
Una lectora cuestionó los criterios de colocación. Los carteles son contradictorios en la esquina con Salta y generan dudas sobre el sentido de circulación.
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“No entiendo el criterio que tienen para la colocación de carteles”, expresó María Laura, lectora de La Opinión, al advertir inconsistencias en la señalización de la calle Intendente Alejandro Maino.
La confusión se presenta en la intersección con Salta. Allí, la señalización pintada sobre la pared indica que la circulación es en sentido noroeste-sudeste a partir de Pellegrini. Sin embargo, la cartelería vertical de chapa ubicada en la misma esquina, señala que Maino tendría doble sentido de circulación.
“Estuve averiguando y hubo una empresa contratada para hacer los trabajos, que tal vez no tenga conocimiento de la realidad”, señaló la vecina. Y agregó: “¿Nadie les dijo cómo se circula en este lugar?”
Ante estas dudas, la normativa vigente aporta precisiones. La Ordenanza Nº 5.492, en su artículo 104º, establece que la calle “Intendente Alejandro Maino” —calle Nº 152— “se extiende desde Mitre hasta su finalización y tendrá sentido de circulación noreste-sudeste en orden ascendente respecto de su numeración, desde Mitre (aunque en la práctica comienza en Pellegrini) hasta su última calle pavimentada o con mejorado asfáltico. A partir de allí (en caso de tratarse de calle de tierra) se habilita el doble sentido de circulación.
En consecuencia, de acuerdo con lo que establece la ordenanza, la señalización pintada en la pared sería la correcta: a la altura de Salta, la calle presenta un único sentido de circulación.

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