Condenaron a 15 años de cárcel a un hombre de 31 que abusaba de una niña, hija de su pareja
Los abusos comenzaron con manoseos cuando era muy pequeña y hubo acceso carnal cuando tenía entre 11 y 12 años. El abusador convivía con la madre y con la víctima desde que era muy chiquita. Fue condenado por abuso sexual agravado y corrupción de menores.
La Justicia halló culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la condición de responsable de guarda y corrupción de menores a un hombre de 31 años que abusó de manera reiterada de la hija de su pareja, con quien convivía.
El condenado vivió con la niña y su madre como una familia durante alrededor de 10 años. En ese marco, tratado como un padre por la víctima, cometió los aberrantes hechos por los que los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 lo sentenció a cumplir 15 años de prisión efectiva.
La fiscala María del Valle Viviani, a cargo de la causa, había solicitado 20 años de cárcel y los jueces lo condenaron a 15.
Los abusos comenzaron cuando la niña era muy pequeña, con manoseos en sus partes íntimas. A medida que crecía, se agravaron hasta llegar al acceso carnal hacia 2019, cuando la víctima tenía entre 11 y 12 años.
Todo quedó probado durante el proceso de instrucción y acreditado en el juicio, por lo que los jueces Laura Fernández, Cristian Ramos y María Belén Ocariz dictaron sentencia condenatoria.
El juicio tuvo lugar el 17 de febrero y la audiencia fue larga y compleja. Este lunes 24, el Tribunal dio a conocer la sentencia de 15 años de prisión.
Los magistrados intervinientes consideraron que las conductas del acusado interfirieron en el libre desarrollo sexual de la niña, lo que implicó una introducción abrupta a la sexualidad a una menor de edad.
Ello configuró el delito de corrupción de menores que se agregó al de abuso sexual con acceso carnal agravado por la condición de responsable de la guarda que implicaba ser padrastro conviviente.
El condenado llegó a juicio con prisión preventiva y seguirá detenido tras la sentencia del Tribunal, que la Defensoría Oficial deberá apelar en Casación, de acuerdo a las obligaciones formales de su rol.
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