Con debate y pedido de concurso, Jimena Gómez ya es la nueva jueza de Faltas
El pliego de la abogada de carrera municipal fue aprobado por la mayoría del oficialismo en el Concejo Deliberante. La oposición votó en contra luego de que le rechazaran su propuesta de concurso de antecedentes. Hubo debate en el recinto, aunque fue el único tema importante de la sesión.
La abogada Jimena Gómez fue designada nueva jueza de Faltas. Tiene 41 años y es una abogada de carrera municipal que ingresó al Estado local en 2011. En 2015 asumió responsabilidades como secretaria del Juzgado y estuvo a cargo del Tribunal, ya que no había juez designado.
En sesión, el oficialismo hizo valer su mayoría absoluta y rechazó el proyecto de la oposición que buscaba crear un mecanismo de concurso público para el nombramiento del juez de Faltas, tras lo que los 12 ediles de Cambiemos aprobaron el pliego propuesto por el intendente.
La oposición, que votó en contra, había planteado una serie de requisitos extra a los vigentes por ley para acceder al cargo, como por ejemplo un mínimo de dos años de residencia en San Pedro, y crear una “Junta Evaluadora” conformada por un miembro del Ejecutivo, uno del Concejo Deliberante, uno de la Asociación de Abogados local, uno del Colegio de Abogados de San Nicolás y uno de la Universidad Nacional de La Plata.
El oficialismo, a través de Martín Pando, consideró que el proyecto buscaba imponer requisitos que trascienden la norma provincial vigente, por lo que, sostuvo, no correspondía aprobar una ordenanza de esas características, aunque aseguró que el Concejo bien podría generar un tratamiento legislativo especial para este tipo de designaciones.
No es la primera vez que se discute el nombramiento de un juez de Faltas y los mecanismos previstos para ello. Ni siquiera en San Pedro: en muchos municipios la oposición de turno busca poner en debate una ley que ningún Concejo Deliberante puede modificar.
En muchos casos se habla de “un decreto de la Dictadura” cívico militar, porque es de 1977, pero la manera en la que se eligen los jueces de Faltas en la provincia de Buenos Aires fue establecida por una ley sancionada en 1985, cuando la Legislatura empezó a ordenar el plexo normativo necesario para la recuperación de la democracia.
Es la ley 10269 estableció que “los jueces de Faltas serán designados por el intendente municipal, previo acuerdo del Concejo Deliberante, que será prestado por simple mayoría de votos”. Es decir: el jefe comunal elige a alguien que cumpla los requisitos, eleva la propuesta y espera la aprobación de los ediles, cuya potestad es esa: aprobar o rechazar.
La concejala Sofía Rotundo —presente en el recinto por licencia de Baraybar y excusación de Juan Cruz González—, única abogada de los 17 ediles presentes, señaló que “en todos los fueros se accede a un cargo de juez a través de un concurso” y que bien podría existir un mecanismo similar en el caso de los responsables de los Tribunales de Faltas.
El planteo se ha hecho en otras oportunidades, incluso en San Pedro, cuando la oposición a Guacone aprobó una resolución para recomendarle que haga un concurso. Toda vez choca con la norma provincial, que establece que la Justicia de Faltas es una facultad del intendente, que puede delegar en un juez designado para tal fin.
La Corte Suprema Bonaerense tiene asentado que el Tribunal de Faltas “no integra el Poder Judicial de la Provincia y las funciones jurisdiccionales que ejerce y el grado de independencia con que el legislador la ha dotado no altera su naturaleza de órgano administrativo municipal”.
El debate pasa por si la norma provincial que rige el tema no debería ser modificada para propiciar una participación ciudadana más activa y mecanismos más transparentes para la designación de cargos como este.
Bien dijo Trelles: el juez de Faltas es elegido por un intendente que le delega esa facultad, que ejercerá más allá de ese mandato. También es cierto que ese funcionario sólo puede acceder al cargo si la mayoría del Concejo Deliberante, que representa a la comunidad de acuerdo a lo que fue votado en las dos últimas elecciones inmediatas, le da el visto bueno.
Aunque no está previsto en la ley, el Poder Ejecutivo podría generar un mecanismo de concurso público si desea otorgarle mayor transparencia. Una de las cuestiones de fondo del debate es si el Concejo Deliberante puede establecer ese mecanismo por ordenanza, como intentó la oposición, sin éxito.