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    Comisión Investigadora: La jueza Fulgheri dictó una resolución

    Lo hizo esta tarde después de aceptar la ampliación presentada por el abogado de Guacone, Dr. Andreucci. Pide que Mario Sánchez Negrete explique las declaraciones vertidas en un medio radial y además solicitó que el Concejo Deliberante se notifique. Esta mañana los ediles presentaron el dictamen finalizado.

    13 de noviembre de 2014 | 21:08
    Comisión Investigadora: La jueza Fulgheri dictó una resolución

    Finalmente este jueves se conocieron novedades respecto del escrito que el Intendente presentó ante la Jueza en lo Contencioso Administrativo Dra. Fulgheri.

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    La magistrada adelantó que no se expedirá al respecto y notificó al edil Mario Sánchez Negrete que tendrá cinco días hábiles para responder las acusaciones realizadas por el Intendente Municipal quien lo acusó de “prejuzgarlo” en una nota radial realizada en el programa que conduce César Rotundo.

    En la misma resolución la Jueza indicó que el Concejo Deliberante tiene dos días para darse por notificado.

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    La Opinión consultó a una serie de abogados que coincidieron en decir que lo primero que debe resolver Fulgheri “es si es competente o no en la causa”, luego podrá avanzar en la cuestión de fondo para resolver de manera favorable o no la cautelar solicitada por Guacone.

    TEXTO COMPLETO

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    SAN NICOLÁS de los ARROYOS, de noviembre de 2014.-
    Proveyendo fs. 84: ———————————————————————–
    I.- Téngase al peticionante, por presentado con nuevo patrocinio Letrado, déjase constancia que subsiste el domicilio constituído. – – – – – –
    II.- Por acreditado el pago del anticipo previsional (Ley 6.716 y mod.). – –
    III.- Por acompañadas la copia del D.N.I. y la constancia de C.U.I.T. del profesional interviniente, agréguense. Por allegadas las copias para traslado del escrito a despacho. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
    IV.- Téngase presente la aclaración formulada en el punto II.- . – – – – – – –
    V.- Téngase por ampliada la demanda y por ofrecida la prueba. Agréguense las copias certificadas requeridas de fs.12/18 y 28/29, téngase por cumplido. Asimísmo, agréguese la restante documentación presentada. Atento a lo solicitado, por Secretaría, procédase al desglose del sobre que contiene el CD mencionado (fs. 83), a fin de ser reservado en la caja de seguridad de este organismo, bajo las debidas constancias. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
    VI.- Sin perjuicio de que no se hace mención alguna al respecto, ténganse por acompañadas las copias para traslado requeridas en el apartado V del segundo despacho (fs. 69). – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
    VII.- De la recusación con causa formulada, traslado al Concejal Mario SANCHEZ NEGRETE por el plazo de cinco (5) días (arts. 150 C.P.C.C., 77/1 C.C.A.). Atento versar sobre cuestiones vinculadas al ejercicio de su función pública, notifíquese por cédula a entregar en persona, con habilitación de días y horas y con carácter de urgente, en el domicilio del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro, con copia del punto IV del escrito en proveimiento y del reportaje que es el objeto de la misma.-
    A la presentación en fs. 95/98: ——————————————————-
    VIII.- A mérito de la copia certificada del acta acompañada, téngase al peticionante por presentado, por derecho propio y en el carácter invocado y acreditado, con el patrocinio letrado indicado. Por constituído el domicilio procesal. Procédase a denunciar el real del compareciente, así como el del H.C.D. (arts. 40, 41 C.P.C.C.; 77/1 C.C.A.). HÁGASE SABER. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
    IX.- Téngase por acreditado el pago del bono de derecho fijo que establece la Ley 8.480, y del anticipo previsional (Ley 6.716 y mod.). – – –
    X.- Hágasele saber que por Resolución de la S.C.B.A., Acordada Nº 2.514, deberá acompañar por duplicado, el Formulario de Ingreso de Datos de Demandados, copia de su D.N.I., y las constancias de C.U.I.T. de su Letrado patrocinante y la de su mandante. HÁGASE SABER. – – –
    XI.- Previo a expedirme sobre la cuestión de competencia material planteada, procede que en el plazo de dos (2) días el presentante manifieste si se da por notificado del contenido de la demanda de autos y sus ampliaciones (arts. 31 num. 1 C.C.A.), bajo apercibimiento de así tenerlo, atento al planteo expuesto. Por el Juzgado, notifíquesele con habilitación de días y horas y con carácter de urgente. – – – – – – – – – – – – –
    Al escrito en fs. 147/158: —————————————————————
    XII.- Téngase por ampliada la demanda y el requerimiento cautelar, en los términos indicados. Por ofrecida nueva prueba. – – – – – – – – – – – – – – – –
    XIII.- Cumplidos que sean los recaudos pendientes del decreto del numeral IV del 24 de octubre de 2014 (fs. 69), así como lo dispuesto en el presente, se proveerá según corresponda. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
    XIV.- Medida cautelar: A esta solicitud en fs. 153, estese al punto XI de esta providencia. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

    MARIA ISABEL FULGHERI
    JUEZ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
    DEPARTAMENTO JUDICIAL SAN NICOLÁS

    Nota: En la misma fecha procedí al desglose y a la reserva ordenada precedentemente. Conste.-

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