Centro de Comercio advierte que 24 y 31 de diciembre son “días no laborables” y deben pagarse como “día normal”
La entidad le recordó a los comerciantes y empresarios que pueden decidir abrir o no sus puertas y que deberán abonarles a sus empleados como cualquier jornada habitual. Como siempre, 25 y 1 son feriado nacional.
:format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2020/08/33023767351_630d3a59d4_o_0.jpg)
El Centro de Comercio e Industria advirtió a través de un comunicado que los días no laborables del 24 y 31 de diciembre los comerciantes y empresarios deberán abonarlo a sus empleados como "día normal", sin importar si abren o no sus puertas.
"El poder ejecutivo, mediante el decreto 923/2017, optó porque que sean días no laborables puente los días 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son dos lunes que anteceden a los feriados de Navidad y Año Nuevo, respectivamente", recordó la entidad.
2Cabe aclarar que el día no laborable no equivale a feriado, sino que, en los primeros, los empleadores tienen la potestad para decidir si sus empleados trabajan o no", explicó la institución que preside Mauro Troilo ante diferentes consultas que recibió de parte de sus afiliados.
Por último, aclararon: "La diferencia entre el feriado y el no laborable es su obligatoriedad. El feriado es obligatorio, se paga se trabaje o no y si se trabaja se paga doble. En el no laborable, como los próximos 24 y 31, se paga se trabaje o no pero en ambos casos como día normal".
